En total son tres proyectos los que envió el Ejecutivo a la Cámara Alta para estimular el blanqueo de personal. El más complejo es el que contempla modificar el régimen indemnizatorio, condonar deudas y la creación de un “Fondo de Cese Laboral” a partir de la retención de una parte del sueldo. Para el ex diputado Héctor Recalde “se trata de una norma flexibilizadora que va a ser resistida”
El paquete de normas ingresó el viernes pasado al Senado y esta semana sería destinado a la Comisión de Trabajo, presidida por el pampeano Daniel Lovera del FpV. Se trata de tres proyectos presentados por el oficialismo orientados a estimular el blanqueo de personal. El más complejo de todos lleva el título “regularización del empleo no registrado, lucha contra la evasión en la seguridad laboral, registración laboral y fondo de cese sectorial”, ya que contiene una serie de ítems cuestionables en materia de derecho laboral.
Uno de estos puntos modifica la base de cálculo de las indemnizaciones por despido por la que no se tendrán en cuenta premios, bonos, ni el sueldo anual complementario (aguinaldo) como hasta el momento. Asimismo, los trabajadores que entren en este régimen solo “tendrán derecho a reclamar hasta 60 meses de servicio. En cuanto a los despidos “sin causa justificada”, también suprime de la sanción el pago de los adicionales y del del SAC, así como el “doble de indemnización”, también previsto por la Ley de Empleo vigente (20.013).
Además de la baja del monto indemnizatorio el Ejecutivo ofrece a los empleadores que accedan al blanqueo un plazo de “360 días para regularizar las relaciones laborales”, “condonación de deudas por capital, intereses, multas y punitorios correspondientes”, así como la “baja del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la Ley 26940.
Otro de los puntos controvertidos tiene que ver con la creación de un “Fondo de Cese Laboral”. El mismo será sostenido por un porcentaje que le será retenido al empleado por el empleador con el “objetivo de asumir la cobertura en materia de preaviso y despido”, según consta en el artículo 21, y completa: “El presente sistema sustituye y reemplaza al empleador en las obligaciones antes mencionadas”. El Fondo será administrado por un “ente de conducción bipartita” denominado Instituto Administrador de Fondo de Cese Laboral Sectorial.
Respecto a este último punto el abogado experto en derecho laboral y ex diputado nacional, Héctor Recalde, señaló en diálogo con Radio del Plata que: “Vuelven a lo peor que fue durante la dictadura de Onganía, donde se creó el fondo de desempleo para la construcción, osea que le trabajador se está pagando su propia indemnización”.
En cuanto a la normativa en general expresó que es “degradante”. “Un ejemplo de lo perverso que es este proyecto, modifican un artículo de la Ley de Contrato de Trabajo que habla de la irrenunciabilidad de los derechos (12)”, dijo y agregó: “La única modificación que le hicimos en los doce años de Néstor y Cristina fue introducir también como una de las causas de la fuente de la irrenunciabilidad el propio contrato de trabajo. Es decir, la ley decía que no podían ser renunciados los derechos que fueron establecidos por la ley de los convenios colectivos de trabajo, también son irrenunciables los que el propio trabajador puede conseguir en el contrato individual, es decir o una comisión interna que consigue un aumento, un plus o un adicional, todo eso podía ser renunciado”. Cabe aclarar que la modificatoria de la ley suprime esto último referido a los contratos individuales.
“Quien puede creer que un trabajador va a renunciar a sus derechos si no es por un apriete o por un estado de necesidad que merma la libertad de la voluntad”, completó Recalde. Asimismo sostuvo que el proyecto “será resistido en ambas cámaras con mucha más fuerza que en 2017”.
“El blanqueo que es lo que venden como una cosa beneficiosa para los trabajadores, pero la verdad es que esto es promocionar el negreo a futuro, porque bajan las multas y las sanciones. Modifican siete leyes con esta ley y una de las características es el fin de la acción penal, esto es la impunidad total”, opinó.
Pasantías o negreo encubierto
El segundo de los proyectos establece la creación del Sistema de Prácticas Formativas para los estudiantes y nóveles graduados de la Educación Superior, y los estudiantes de la Educación Permanente de Jóvenes y Adultos, en todos los casos mayores de 18 años, a cumplirse en empresas o instituciones públicas o privadas, con excepción de las empresas de servicios eventuales aún cuando adopten la forma de cooperativas.
El artículo 16 determina que la duración y la carga horaria de las prácticas formativas se definirán en general en los Convenios Colectivos de Trabajo y en particular en el convenio de Práctica Formativa, en función de las características y complejidad de las actividades a desarrollar con un máximo de hasta 12 meses y con una carga horaria de hasta 30 horas semanales.
La iniciativa propone que «los practicantes reciban una suma de dinero en carácter no remunerativo en calidad de asignación estímulo». «Esta asignación se calculará tomando como referencia el salario básico neto del convenio colectivo aplicable a la empresa, y será proporcional a la carga horaria de la práctica formativa», consigna el proyecto.
“Acá hay una figura muy complicada, la locación de servicios normalmente cuando hay fraude laboral se la utiliza porque es una forma de disfrazar a un trabajador, lo mismo hacen estos proyectos de ley con las pasantías, le ponen un guardapolvo arriba de un mameluco”, dijo Recalde.
Proponen crear una Agencia de Evaluación
El último de los proyectos de ley crea la Agencia Nacional de evaluación de Tecnologías de Salud (AGNET) como organismo descentralizado en el ámbito del Ministerio de Salud, con autarquía económica, financiera, y personería jurídica propia.
A esta agencia le competerá la realización de estudios y evaluaciones de medicamentos, productos médicos e instrumentos, técnicas y procedimientos clínicos, quirúrgicos y de cualquier otra naturaleza destinados a prevenir, tratar o rehabilitar la salud. Esto, a fin de determinar su uso apropiado, oportunidad y modo de incorporación al conjunto de prestaciones cubiertas por el sector público y el Programa Médico Obligatorio.