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A Raúl Pérez Roldán ahora lo investigarán por abusar de una ex alumna de su escuela de tenis en Tandil

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Raúl Pérez Roldán

La Cámara Federal de Mar del Plata ordenó investigar a Raúl Pérez Roldán por los delitos de trata de personas, abuso sexual agravado, y otros delitos cometidos contra niños y niñas menores de edad. La denuncia forma parte de la demanda iniciada por el extenista Guillermo Pérez Roldán contra su padre por reducción a la servidumbre, lesiones y administración infiel. Buscan determinar si hubo trata de personas. Se busca identificar a otras posibles víctimas de abuso sexual.

El entrenador de tenis Raúl Pérez Roldán –quien dirigió durante años una de las academias más exitosas de la Argentina- tuvo un nuevo revés judicial: la Cámara Federal de Mar del Plata ordenó avanzar con la investigación de una denuncia por el delito de violación presentada por una exalumna de su escuela de Tandil. Según el relato de la víctima, los hechos ocurrieron cuando era menor de edad. Además, los jueces solicitaron determinar si hubo trata de personas.

Esta decisión judicial se da a casi 6 meses de que Guillermo Pérez Roldán llevara a la Justicia a su padre, a quien acusó de golpearlo sistemáticamente desde su infancia y luego quedarse con todo el dinero que ganó durante su carrera profesional. El extenista –que ganó 9 títulos ATP y llegó ocupar el 13° puesto del ránking mundial a fines de los 80- generó un fuerte impacto cuando hizo públicos los tormentos a los que fue sometido en una entrevista periodística y luego en una serie documental exhibida en el canal Star+.

La acusación de X. (su identidad se preserva) formó parte de la presentación realizada el 24 de agosto de 2022, en conjunto con Guillermo Pérez Roldán, ante el Juzgado Federal de Azul. En la misma se planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal orquestado por el acusado entre los años 70 y 80 en el que se cometieron una serie de delitos, que van desde la reducción a la servidumbre y la administración infiel hasta lesiones y abusos sexuales.

En un fallo reciente, los camaristas Diego Eduardo Jiménez y Alejandro Tazza agravaron la acusación contra el imputado y entendieron que “la acción penal en relación a los delitos contra la integridad sexual (violaciones y abusos) de los que habría sido víctima (…), se encuentra vigente y habilita la investigación de los mismos”.

Luego de que X. ampliara su declaración a la Justicia y detallara que los hechos de abuso agravado fueron reiterados a lo largo del tiempo, los magistrados remarcaron que las “conductas gravísimas habrían sido cometidas en un contexto de violencia física (golpes que habrían dejado contusiones en su rostro, fractura de una costilla, etc.) y psicológica a la que era sometida por una figura de autoridad que era su entrenador deportivo”, por lo que sostienen que deben ser indagados en forma conjunta con el resto de los delitos denunciados. De esta forma, la Cámara Federal de Mar del Plata hizo lugar al pedido de las víctimas y del Fiscal General de Mar del Plata, el doctor Daniel Adler, que habían solicitado que la causa no se dividiera entre la Justicia federal y la local.

 

Cómo era el plan criminal de Raúl Pérez Roldán

La denuncia conjunta de Guillermo Pérez Roldán y X. planteó la hipótesis de que hubo un plan criminal por parte del acusado que estuvo dividido en etapas. El primer paso era el acogimiento de jugadores de tenis entre los niños y niñas que entrenaban en el club Independiente de Tandil, que con el paso de los años había ganado gran notoriedad por ser una de las cunas de deportistas de elite de la Argentina.

Luego, según la presentación judicial, se producía su reducción a la servidumbre con fines de explotación laboral, hechos que incluyeron privación ilegítima de libertad, lesiones y abuso sexual con acceso carnal en reiteradas ocasiones. Finalmente, una vez obtenidas las ganancias económicas, llegaba la última parte: la administración infiel, el apoderamiento de los bienes y la puesta en circulación bajo apariencia de actividades lícitas –principalmente negocios inmobiliarios-, lo que configuraría un lavado de activos.

El planteo de las víctimas es que los efectos de este plan aún hoy siguen teniendo un duro impacto psicológico y económico. El fallo de la Cámara, por ejemplo, destacó una parte de la presentación de Guillermo Pérez Roldán: “(…) manifestó haber sido víctima durante su niñez/adolescencia de similares apremios, golpes y violencia psicológica que se proyectó en su adultez, con una serie de traumas que lo habrían llevado a seguir sufriendo la presión moral de su padre, de la que se habría valido este último para beneficiarse económicamente, despojándolo de los beneficios económicos de su exitosa carrera como tenista profesional, y según afirma el denunciante, nos encontraríamos frente a un delito continuado que aún en la actualidad le priva del acceso a la totalidad de su patrimonio”.

El primer avance que había tenido la causa fue la confirmación por parte del fiscal federal de Azul, Santiago Eyherabide, y el Juez Federal de Azul, Gabriel Di Giulio, de que la acción penal se encontraba vigente. Así le dieron la razón al planteo de la parte acusadora de que los hechos no se encontraban prescriptos porque aún no se habían agotado en su consumación, en base a lo que establece el artículo 63 del Código Penal.

“Lo contrario implicaría afirmar un ‘derecho al olvido’, que las consecuencia del delito no sean cargadas por sus responsables -los delincuentes- sino por las propias víctimas por el mero hecho del tiempo pasado”, afirma el doctor Juan Ignacio Pascual, quien lleva adelante la demanda en representación de Guillermo Pérez Roldán y X.

El segundo avance de relevancia se dio cuando la Cámara Federal de Mar del Plata resolvió que toda la causa sea tramitada en el fuero federal, evitando así que se divida en dos partes lo que obligaría a las víctimas a pasar por dos procesos judiciales: uno en la justicia local y otro en la nacional. Esta decisión se fundamentó en la posibilidad de que la investigación podría arrojar la presencia del delito de trata de personas en perjuicio de los denunciantes.

Así lo explicaron los camaristas en su reciente fallo: “Si bien en parte de los delitos denunciados (lesiones, violación, privación ilegal de la libertad, administración fraudulenta, etc.) prima facie no se advierte afectado el interés del Estado ni reúnen las condiciones para excitar la competencia de la justicia federal penal, no menos cierto es que nos encontramos en una etapa tan incipiente de la investigación –que siquiera se ha iniciado- que no resulta posible descartar que con el avance de la misma, las conductas denunciadas merezcan una calificación legal distinta a la provisionalmente escogida por el juez a quo (por ejemplo que la reducción a la servidumbre que observa el Dr. Di Giulio en un futuro reciba un más acabado encuadre típico como trata de personas, correspondiendo entonces la intervención de la justicia de excepción)”.

“Luego de que se definiera que el tiempo no resulta un obstáculo y que es la justicia federal quien llevará adelante la investigación, se inicia la etapa donde se pretenderá probar, por testimonios y otras medidas de prueba ofrecidas en el escrito inicial, lo que las víctimas afirman en su denuncia”, explica el doctor Pascual.

Entre otras medidas, está previsto pedir informes a bancos nacionales y del exterior y el levantamiento del secreto fiscal y bancario; y se solicitará a Asociación Argentina de Tenis y a los sponsors, datos de los ingresos que tuvo Guillermo Pérez Roldán durante su carrera profesional, para luego cotejarlos con los bienes que compró su padre durante todos estos años.

“Esta clase de hechos, que también suceden en otros deportes, mayormente en los individuales donde el victimario procura su impunidad al encontrarse solo frente a la víctima, son reclamados como aberrantes en la sociedad actual y se pretende que no vuelvan a repetirse, nunca más”, concluye el abogado.

Ante la posibilidad de que otras jóvenes hayan padecido hechos similares a los que denunció G, desde el estudio jurídico que representa a las víctimas se convocó a quienes quieran aportar su testimonio al mail ignacio@jipabogados.com o a través de la página www.jipabogados.com, bajo la más estricta reserva.

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Un diputado de JXC propone distribuir 100 mil subsidios temporarios de alquiler en la provincia

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El senador provincial de Juntos por el Cambio, Marcelo Daletto presentó un proyecto de Ley para crear el Subsidio Temporario de Alquiler de Vivienda en la provincia de Buenos Aires y dijo que “Este programa es la mejor respuesta posible para solucionar la actual crisis habitacional”.

“Según datos existentes el déficit habitacional de la Provincia asciende a 1.000.000 de hogares, esto se divide en la falta de 400 mil viviendas nuevas, conocido como déficit cuantitativo, y 600 mil viviendas que son insuficientes porque carecen de servicios básicos o están construidas con materiales débiles. Estos últimos casos son conocidos como déficit habitacional”, explicó el Legislador.

Y prosiguió: “La única respuesta del Estado a esta problemática ha sido la construcción de viviendas. Y varios factores como la ineficiencia del Estado, el permanente estado inflacionario de la economía argentina, los bajos presupuestos en infraestructura y la corrupción, entre otras cosas, han hecho insuficiente esta respuesta. Un buen ejemplo es nuestra provincia de Buenos Aires, donde en los últimos 3 años se han entregado solo 1.500 viviendas. Esto quiere decir que, si a partir de ahora la economía argentina soluciona el problema y no aumenta el déficit habitacional, necesitaríamos 800 años para cubrir la falta de 400 mil viviendas a razón de 500 viviendas al año”.

Por eso nuestra propuesta es que el Estado bonaerense entregue 100 mil subsidios temporarios de alquiler para la vivienda generando una solución agresiva e inmediata al déficit, y posible desde el punto de vista presupuestario bonaerense”, manifestó.

“Si tomamos los datos presupuestarios al inicio del año, donde la Provincia contaba con una partida de 500 mil millones de pesos para infraestructura y el valor de la UVI era de $171,93, siendo necesario para este programa 3.600 UVIs anuales en promedio por beneficiario y 360 millones de UVIs para los 100 mil beneficiarios, da un valor de 62 mil millones de pesos. Es decir, que con el 12% del presupuesto para infraestructura se soluciona esta problemática», sostuvo Daletto.

Y agregó que “Cada subsidio tendrá un valor máximo de 400 UVIS, que al valor de hoy de $284,38 por UVI, conforman un monto de $114 mil mensuales. Asimismo, se contempla autorizar al Poder Ejecutivo a reducir estos montos para aquellas regiones donde los valores del alquiler son menores”, detalló el Senador.

Asimismo, Daletto dijo que “Este subsidio será temporario ya que solo se podrá percibir por 6 años y también será decreciente. Es decir que se cobrará al 100% durante los 2 primeros años; un 80% al tercer año; un 60% al cuarto año; 40% al quinto año, y por último 20% al sexto año. Esto es así, ya que uno de los requisitos del programa es la voluntad del que reciba el beneficio de ir generando el ahorro para solucionar por sí mismo este problema, ya sea para adquirir la vivienda o seguir alquilando por su cuenta”.

Y añadió que “Para evitar la arbitrariedad en la entrega de subsidios existirá un índice para distribuirlo entre los 135 municipios, compuesto por la población y el índice de necesidades insatisfechas de cada municipio. Existirá para cada caso un Registro de inscripción que automáticamente otorgará un puntaje y un orden de preferencia teniendo en cuenta la presencia de niños, niñas y adolescentes, personas con discapacidad en el núcleo familiar, presencia de personas a cargo del postulante mayores de 70 años de edad, si el postulante o su conviviente sean personal de las fuerzas de la Policía, docente o de la salud.”

El Legislador sostuvo además que “El procedimiento es sencillo. Una vez completada la inscripción, los preadjudicados tendrán 90 días para alquilar. El dinero será depositado directamente en la cuenta del locador, debiendo el locatario complementar la diferencia si la hubiere”. Y dijo que “Este programa soluciona problemas actuales del mercado inmobiliario como la falta de oferta y también reduce los pedidos de garantía porque el propietario gana la seguridad que significa el depósito mensual del Estado”.

Para finalizar, Daletto agregó que “Es importante aclarar que esto es una emergencia mientras dure este estado inflacionario que impide el crédito hipotecario, única solución mundial para la adquisición de vivienda. Por otro lado, esto no es un invento argentino, ya que países como EEUU y Chile utilizan este programa para todas las personas que no pueden acceder al crédito”.

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Cómo declarar el CBU en la AFIP para obtener el reintegro del IVA

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Afip Declaración CBU

Desde el lunes 18 de septiembre, el programa «Compre Sin IVA» comenzó a reintegrar el 21% del Impuesto al Valor Agregado en la compra de productos de la Canasta Básica. Sin embargo, para que la AFIP pueda concretar los reintegros del IVA es condición tener vinculado el CBU de una cuenta bancaria.

La Clave Bancaria Uniforme o Clave Bancaria Única (CBU) es un código público único e irrepetible y compuesto por 22 números que utilizan los bancos para la identificación de las cuentas de sus clientes. Si la persona no tiene declarado su CBU ante la AFIP no puede recibir ningún reintegro, ni depósito directo o beneficio del Estado.

El grueso del universo de beneficiarios de «Compre Sin IVA» ya cuenta con CBU declarado, como los empleados en relación de dependencia que perciben hasta 708 mil pesos, porque los empleadores deben hacerlo al momento del alta.

En el caso de los jubilados, pensionados y beneficiarios de programas sociales (como AUH, Alimentar y otros), tienen asociado su CUIL a su Cuenta de la Seguridad Social, que es una cuenta especial que ANSES les abre para que cobren sus respectivas prestaciones. El reintegro del 21% se les depositará ahí mismo, sin necesidad de informar el CBU a AFIP.

Sin embargo, en el caso de los monotributistas esta vinculación del CBU ante la AFIP lo debe realizar el propio agente. De todos modos conviene intresar a la AFIP y chequear si figura algún CBU registrado.

Cabe aclarar que la AFIP permite tener unicamente un CBU vinculado para devoluciones por lo que se podrá recibir el reintegro sólo con esa tarjeta de débito y no con otras que tenga el beneficiario.

En el caso de las personas con Cuenta DNI, para poder sumar a los beneficios del Banco Provincia el reintegro del IVA se deberá tener asociado el CBU de la cuenta asociada a la billetera virtual.

Cómo declarar el CBU en la AFIP para recibir el reintegro del IVA

  • Ingresar al sitio oficial de AFIP con CUIL y clave fiscal y luego a la sección «declaración de CBU«.
  • En esa interfaz, se puede ver si está asociada, o no. Puede que haya más de uno.
  • Para agregar un CBU nuevo, hay que dirigirse a ese listado y pulsar la opción de «registrar CBU«.
  • El sistema va a pedir los 22 números de la clave bancaria y la razón para ingresarla.
  • El último paso es la confirmación en «Informar CBU«.

La AFIP tiene una guía paso a paso para declarar el CBU.

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