Los apoderados de Protagonismo Radical pidieron la intervención de la Junta, por “parcialidad manifiesta”. “Buscan proclamar el triunfo de Abad sin contar los votos de la elección”, sostiene la demanda judicial. La presentación se realizó en el Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Provincia de Buenos Aires.
La demanda de los apoderados de la Lista Protagonismo Radical, que llevó como candidato a presidente de la U.C.R. de Buenos Aires a Gustavo Posse, objeta el proceso de escrutinio que la Junta Electoral del radicalismo provincial efectuó el domingo 21 de marzo, día en que se celebraron las elecciones internas, y la posterior proclamación del supuesto vencedor, Maximiliano Abad, sin haber terminado el recuento, ni haber recibido información de las juntas electorales locales, ni haberse reunido todos los miembros de la Junta. Al día de hoy, no hay resultados provisionales que provengan de actas originales.
Concretamente, la demanda con fecha del 25 de marzo de 2021 apunta a tres de los miembros de la Junta Electoral, Federico Carozzi (presidente), José Fernández (secretario) y Lucía Gómez (vocal) y solicita una cautelar e impugna el acto electoral por “la falta absoluta de información e inclusive el ocultamiento deliberado de dicha información a miembros de la minoría” de la Junta y a los apoderados de la Lista 14 sobre los resultados provisorios de las internas del domingo pasado.
El escrito denuncia además el comunicado que emitieron los denunciados en nombre de la Junta el día posterior a los comicios, dando por ganadora a la lista 23, que encabeza Maximiliano Abad.
En la demanda se solicita al juez que intervenga la Junta Electoral de la Unión Cívica Radical de la Provincia de Buenos Aires, “ante la manifiesta parcialidad de la mayoría automática”.
La presentación señala una serie de hechos irregulares:
El 22 de marzo (día siguiente a las elecciones), la Junta Electoral, con la firma de tres de sus integrantes (Carozzi, Gómez y Fernández) informa a través del sitio oficial de la U.C.R. que tienen información del 100 por ciento de las mesas receptoras de votos para la categoría de autoridades del Comité de la Provincia de Buenos Aires con el detalle de supuestas cantidades de votantes y porcentajes para cada una de las listas participantes.
-“No fue la Honorable Junta Electoral de la U.C.R. de la Provincia de Buenos Aires la que comunica. No existió una reunión de la Junta Electoral, que autorizara la emisión del comunicado y menos cuando miembros de la minoría no han sido informados al día de la fecha sobre cuáles fueron los resultados provisorios que cada una de las Juntas Electorales locales arrojaron para esa categoría”, dice la demanda. Tampoco los apoderados de la Lista 14 accedieron a esos resultados provisorios de las Juntas Electorales locales ni fueron notificados de ellos.
-El día 23 de marzo, luego del comunicado y ante notario público, Carozzi reconoció que no mostrará las actas y ante miembros de la minoría, que sólo tiene actas de aproximadamente 110 distritos.
-No existen a la fecha resultados provisorios.
-Las Juntas Electorales locales deben remitir los resultados provisionales a la Junta Electoral Provincial, realizar el recuento de votos del distrito, y tratar las impugnaciones, dentro de las 48 horas de cierre de la votación. Al momento de hacer el comunicado, ninguna Junta Electoral local había remitido ningún certificado.
-Los resultados que dice tener la mayoría automática de la Junta Electoral no surgen de las actas originales de estas Juntas sino, según el decir del mismo Carozzi, de “un archivo tipo drive” donde las Juntas cargaban los datos, aunque no todas ya que incluso estas Juntas supieron de la existencia del “drive” el sábado 20 de marzo por la noche.
-La Junta Electoral aún no ha notificado los resultados provisionales distrito por distrito.
-La lista 23 ha hecho circular los datos del escrutinio provisorio en un Excel, con resultados coincidentes con los que hizo públicos la Junta Electoral.
“Lo relatado es una clara demostración del ocultamiento deliberado de los miembros de la mayoría de la Junta Electoral, lo cual constituye una maniobra tendiente a llegar a la proclamación de Abad sin contabilizar los votos de la elección, sostiene el escrito.
Solicitud de medida cautelar urgente:
Los apoderados de la Lista 14, Protagonismo Radical, por lo expuesto anteriormente, solicitaron al juez que dicte una medida de no innovar, que impida que la Junta Electoral de la U.C.R. de la Provincia de Buenos Aires proclame oficialmente un ganador hasta tanto no se cotejen uno por uno todos los Certificados de Escrutinio Provisional emitidos por las Juntas Electorales locales y los Certificados de Escrutinio de las mesas de sufragio de cada distrito y, de ser necesario, se ordene la apertura de las urnas en donde existan “fundadas sospechas de violación de la voluntad del elector”.
Solicitan que esta Junta Electoral exhiba los datos oficiales respecto de los resultados de cada distrito, e informarlo a los apoderados de la Lista 14, para que puedan evaluar el contenido de los certificados de escrutinio.
Requerimiento:
Ante la posibilidad de la comisión de un delito de orden electoral y de acción pública, se solicita:
-Se investigue el accionar de Carozzi, Fernández y Gómez en su carácter respectivamente de presidente, secretario y vocal de la Junta Electoral de la U.C.R. de la Provincia de Buenos Aires.
-Se dicte la medida cautelar de forma urgente
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