La jueza federal en lo contencioso administrativo de San Martín, Martina Isabel Forns, dispuso en su fallo que queden sin efecto las resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE, y ordenó a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA) “que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública”. La última palabra la tendrá la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El fallo ordena además al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), que “deberá arbitrar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo aquí ordenado, debiendo comunicar a todos los agentes distribuidores y prestadores del servicio público del servicio de distribución de energía eléctrica del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), la medida dispuesta”.Esto es que “deberán suspender el cobro de las facturas emitidas como resultado de la aplicación del nuevo cuadro tarifario, y liquidar las facturas respectivas a los valores vigentes con anterioridad a las resoluciones referidas y hasta tanto se conteste el informe previsto por el art.4 de la ley 26.854”.
Para el caso de que los aumentos facturados se hubiesen abonado a la fecha de notificación de la presente, el fallo dice que “sus importes deberán tenerse por pagados “a cuenta”, reintegrándose su monto en las próximas facturas hasta su compensación total”. “Asimismo, deberán abstenerse de realizar cortes de suministro por falta de pago, con fundamento en la normativa suspendida”, dice uno de los párrafos del fallo.
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