Denuncian a Danone y La Serenísima por forzar retiros voluntarios
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Desde el Consejo Directivo Nacional de la Asociación de Trabajadores de la Industria Lechera de la República Argentina denunciaron acciones de las empresas para forzar retiros voluntarios en el contexto de la prohibición de despedir.
Comunicado oficial de ATILRA
Cumplimos en informar que hemos denunciado ante el Ministerio de Trabajo de la Nación a las empresas Danone Argentina S.A. y Logística La Serenísima S.A., por difundir a través de los medios un inexistente cierre en sus operatorias en dependencias y establecimientos que las citadas poseen en todo el país, en un claro intento de crear incertidumbre y pánico entre los compañeros y compañeras trabajadoras, y de esta manera presionarlos a aceptar las desvinculaciones que se pretenden encubrir como «retiros voluntarios».
Estas maniobras perversas, además, encubren un proceso de reducción de personal agravado por desconocer las regulaciones laborales previstas, tanto por la prohibición vigente de despedir trabajadores, como por la ausencia de los procedimientos de «crisis empresaria», los cuales no se han tramitado, sino, por el contrario, se pretenden llevar adelante dentro de un marco de indudable y solapada ilegalidad.
Danone y Logística Serenísima S.A. buscan sacar ventaja de una situación de emergencia nacional, adoptando una conducta que resulta intempestiva, dolosa, absolutamente alejada de toda responsabilidad social y contraria a derecho por vulnerar las disposiciones vigentes dictadas con el objetivo de proteger el empleo, la economía, la salud y la seguridad social.
Asimismo, es de conocimiento público que estas empresas han recibido de parte del Gobierno Nacional planes de asistencia a la producción, cuya utilización claramente implicó e implica el compromiso de no reducir personal durante la pandemia.
En el marco de un fuerte recorte presupuestario, las Fuerzas Armadas decidieron desmnatelar la histórica Base Aeronaval Punta Indio (BAPI), cuna indiscutida de los pilotos navales. La msima quedará sin aviones y sus capacidades operativas, educativas y de mantenimiento serán trasladadas a la Base Aeronaval Comandante Espora (BACE), ubicada en la localidad de Grünbein, partido de Bahía Blanca.
En diálogo con Todo Provincial, el secretario General de ATE Punta Indio y trabajador civil de las Fuerzas Armadas, Dabel Roblín, aseguró: “Están viniendo autoridades de la Armada a confirmar que se llevarán a Espora las dos escuadrillas de reconocimiento con aviones B200 y la Escuela de Aviación Naval (ESAN) en la que se forman los pilotos”
“La historia de nuestra base está ligada en forma directa a Verónica y Punta Indio, siendo la mayor fuente laboral de la zona. Esto signficaría que queden como pueblos fantasmas”, lamentó el trabajador.
Según pudo averiguar Todo Provincial, este jueves por la tarde, el Comandante de la Aviación Naval de la Armada Argentina, el Contraalmirante Román Enrique Olivero, mantendrá reuniones en Punta Indio con el personal militar, los civiles y autoridades municipales para notificar la decisión de la Armada.
Roblín aclaró que las autoridades aseguraron que por ahora la base no cerrará pero que al llevarse los aviones, los 180 trabajadores civiles de la Base Punta Indio quedarán con tareas mínimas. “Quedamos en una situación de extrema vulnerabilidad. Además, los 300 militares que cumplen funciones en la base serán trasladados.
“Este es un golpe muy fuerte. En un principio los civiles quedaríamos en la base pero seguramente buscarán ordenar traslados lo que será un gran problema porque tenemos un arraigo con nuestras comunidades, tenemos nuestras casas e historia de vida”, explicó Roblín.
«Nuestros salarios promedio están por debajo del millón de pesos, estamos sin obra social, el combo es muy complejo” apuntó el dirigente de ATE.
Cierra de la Base Aeronaval Punta Indio: “La Armada nos soltó la mano”
“De fondo hay una situación de quita de presupuesto en las Fuerzas Armadas en el marco del plan de destrucción del Estado. La Armada evidentemente decidió reagruparse y en ese marco el daño lo pagaremos los los civiles y el pueblo”, señaló Roblín y agregó: “Para nosotros con esta decisión la Armada nos soltó la mano a los civiles”,
La Base Aronaval de Punta Indio es una de las bases más importantes de la Armada. Está ubicada estratégicamente en el ingreso del Río de la Plata y cuenta con la emblemática Escuela de Pilotos. Además, funcionan dos cuadrillas de aviones B-200 que realizan operaciones SAR (búsqueda y rescate) en situaciones de emergencia.
“Aunque los civiles no somos operativos, sabemos que en Bahía Blanca la escuela de pilotos tendrá muchas más restricciones por cuestiones climáticas y porque allá no tienen espacio aéreo propio ya que la funciona dentro de un aeropuerto. “Esta es una decisión totalmente errónea sin sentido más que el presupuestario”, expresó Roblín.
La historia de la Base Aeronaval Punta Indio
La historia de la Base de Punta Indio comenzó a mediados de 1924 con la llegada de medios aerostáticos desde Ensenada y la posterior inauguración formal de la Estación Aeronaval en mayo de 1927, concebida bajo la doctrina de vigilar y defender la entrada al Río de la Plata.
Durante décadas albergó instituciones clave como la Escuela de Aerostación Naval, el Arsenal Aeronaval y la Escuela de Aviación Naval (ESAN), consolidándose institucionalmente como la “cuna de la Aviación Naval”.
El 16 de junio de 1955, desde esta base aeronaval despegaron los aviones North American T-6 Texann que bombardearon la Plaza de Mayo en un intento de derrocamiento del presidente Juan Domingo Perón. Además, durante la últia dictadura cívico-militar (1976-1983), la BAPI funcionó como centro clandestino de detención y punto de despegue para las aeronaves utilizadas en los denominados «vuelos de la muerte».
En los últimos días, al menos 20 trabajadores de Wade S.A, avícola del grupo Granja Tres Arroyos, comenzaron a recibir telegramas de despido, en una medida que confirma un fuerte proceso de reestructuración de personal dentro de la empresa avícola con planta en San Miguel del Monte.
Las notificaciones, fechadas el 7 de agosto y firmadas por el apoderado de la compañía, comunican la extinción de los vínculos laborales y encuadran la decisión en el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.
La empresa sostiene que atraviesa una “grave disminución de trabajo no imputable a la empleadora” y fundamenta los despidos en una serie de factores que, según argumenta, escaparon a su voluntad y afectaron severamente la actividad.
Wade S.A. es una empresa dedicada a la faena y procesamiento avícola y está vinculada a Granja Tres Arroyos (Cresta Roja), firma que también atraviesa una profunda crisis, con conflictos laborales, atrasos salariales y protestas de trabajadores.
Qué argumentó Wade para despedir a los trabajadores
En las cartas documento enviadas a los empleados, Wade sostiene que la reducción de personal responde a una situación extraordinaria que provocó una fuerte caída de la actividad.
Entre los motivos mencionados aparecen los brotes de influenza aviar, el cierre y las restricciones de acceso a mercados internacionales, la reducción de las exportaciones y una sobreoferta en el mercado interno.
La empresa también señala como factores determinantes la caída de los precios de los productos avícolas y el aumento sostenido de los costos, además de contingencias operativas y conflictos colectivos que, según afirma, afectaron la producción y los niveles de faena.
Por ese motivo, la compañía afirma que la reducción de personal se volvió “indispensable” para continuar funcionando y conservar las fuentes de trabajo restantes.
Los despidos fueron encuadrados en el artículo 247
Uno de los puntos centrales de las notificaciones es el encuadramiento de los despidos bajo el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.
Esta norma contempla un régimen indemnizatorio reducido cuando se acredita una situación de fuerza mayor o falta de trabajo no imputable al empleador en los términos establecidos por la legislación laboral.
En este caso, Wade invocó precisamente una “grave disminución de trabajo” como fundamento de la decisión.
Sin embargo, el encuadramiento legal no implica por sí mismo que la situación quede automáticamente acreditada. Los trabajadores afectados comenzaron a reunir telegramas, recibos de sueldo y comprobantes de pago para analizar las liquidaciones y determinar si corresponde cuestionar la modalidad utilizada por la empresa.
La discusión podría centrarse, entre otros aspectos, en si la crisis invocada por Wade resulta efectivamente ajena al riesgo propio de la actividad y si se cumplieron todos los requisitos laborales necesarios para aplicar este régimen.
La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, y dejó firme el criterio del Ministerio de Trabajo bonaerense respecto de la situación laboral de 62 repartidores inspeccionados en la provincia.
Con esta decisión, el máximo tribunal provincial cerró la posibilidad de que la empresa lleve este tramo del expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ratificó la actuación de la cartera laboral que conduce Walter Correa.
La Justicia respaldó la actuación del Ministerio de Trabajo
La resolución, fechada el 5 de agosto de 2026, consideró que la empresa no realizó una “crítica eficaz” de las decisiones anteriores y que se limitó a reiterar argumentos ya analizados durante el proceso judicial. Además, descartó que existiera un caso de “gravedad institucional” que justificara la intervención de la Corte Suprema.
La causa se originó en julio de 2020, cuando inspectores del Ministerio de Trabajo realizaron controles en distintas localidades bonaerenses y relevaron la situación laboral de 71 personas que realizaban repartos mediante la aplicación.
Como resultado de esas inspecciones, la empresa fue intimada a presentar la documentación laboral correspondiente.
La empresa reconoció a un solo empleado
Durante el procedimiento, Pedidos Ya reconoció como trabajador en relación de dependencia únicamente a una persona.
Respecto de otros 62 repartidores, sostuvo que se trataba de prestadores autónomos vinculados mediante contratos de locación de servicios, mientras que negó cualquier relación con otras ocho personas relevadas durante las inspecciones.
Tras el proceso administrativo, el Ministerio de Trabajo determinó que existían infracciones y aplicó una multa de $17.690.400.
La sanción fue apelada por la empresa, pero en 2021 el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata confirmó la decisión al considerar que la firma no logró desvirtuar la presunción de existencia de una relación laboral respecto de los 62 repartidores que reconocía como prestadores.
Aún resta resolver la situación de ocho repartidores
Si bien el fallo de la Suprema Corte bonaerense deja firme el núcleo de la decisión sobre los 62 trabajadores, el expediente todavía no quedó totalmente concluido.
El tribunal ordenó que la situación de las ocho personas cuya vinculación fue negada por la empresa vuelva a ser analizada por un Tribunal del Trabajo con nueva integración.
De esa definición dependerá el monto definitivo de la sanción económica, que podría modificarse una vez resuelta esa parte pendiente del proceso.