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En un fallo sin precedentes, un juez de Campana mandó a juicio por encubrimiento a los padres de un femicida


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Un juez de Campana aceptó enviar a juicio por encubrimiento a los padres de un hombre acusado de asesinar, desmembrar y semicalcinar en una parrilla a una mujer en septiembre de 2022 en esa ciudad, al declarar inconstitucional un artículo del Código Penal que impide que los familiares de un imputado -hasta el cuarto grado de consanguinidad- puedan ser juzgado por ese delito, lo que sienta un nuevo precedente judicial.

Por: Emmanuel Dalbessio Télam

El fallo fue dictado por el juez de Garantías 2 del Departamento Judicial de Zárate-Campana, Julio Andrés Grassi, ante un pedido de la fiscal Ana Laura Brizuela, de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 2 del distrito, quien solicitó que los padres de Agustín Leonel Chiminelli (25), acusado del femicidio de María Alejandra Abbondanza, sean juzgados por el homicidio agravado de la mujer o, de no ser aceptada esta acusación, que vayan a juicio por el delito de encubrimiento agravado.

En su requerimiento de elevación a juicio, la titular del Ministerio Público solicitó que el hijo del matrimonio sea enjuiciado por el delito de «homicidio agravado por haber sido cometido por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género y por el vínculo», en perjuicio de Abbondanza (38), que prevé como única pena la prisión perpetua.

En tanto, pidió que sus padres, Carlos Rubén Chiminelli (69) y Liliana Ester Sánchez (65), sean juzgados por el «homicidio agravado criminis causa (es decir para ocultar otro delito, en este caso el accionar desplegado por su hijo y así procurar su impunidad), en concurso real con tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil», ya que consideró que los progenitores «ejecutaron el plan criminal» junto a su hijo para asesinar a Abbondanza e incinerar su cuerpo, acto que consideró «macabro».

No obstante, aclaró que de no ser enjuiciados por ese delito, ambos padres lleguen al debate con una imputación alternativa de «encubrimiento agravado por tratarse el hecho precedente de un delito especialmente grave», a pesar de que el Código Penal, en su artículo 277 inciso tercero, exime de responsabilidad criminal a quienes hubieren obrado en favor del cónyuge o de un pariente cuyo vínculo no excediere del cuarto grado de consanguinidad.

Debido a esto, y a pedido de la fiscal Brizuela, el juez Grassi declaró la inconstitucionalidad de ese artículo, para posibilitar esa imputación alterativa, para lo cual se basó en los tratados internacionales firmados por la Argentina.

En un fallo de 156 páginas, al que Télam tuvo acceso, para el magistrado el designio de resguardo de la cohesión familiar «no puede prevalecer sobre los objetivos que el sistema regional de protección de los Derechos Humanos le impone al Estado Argentino, cuya consecución se ve notoriamente entorpecida promoviendo la impunidad de conductas que lisa y llanamente atentan contra la investigación, esclarecimiento y sanción de violaciones a los Derechos Humanos».

El juez se refirió puntualmente a la Convención Interamericana de Derechos Humanos y la Convención de Viena sobre los Tratados, que están direccionados a delitos cometidos mediando violencia de género contra una mujer.

«La aplicación de la eximente en el supuesto en estudio significaría que el Estado argentino renunciando a su cometido de afianzar la justicia se vería dispuesto a tolerar, sin la debida indagación de las circunstancias en que se habría eventualmente verificado, cierto tipo de conductas desplegadas por particulares tendientes a frustrar la investigación y consecuente sanción de hechos que vienen siendo calificados como de violencia contra la mujer, que en el caso de autos se habría concretado en su manifestación más radical como es el femicidio», añadió el juez.

Por su parte, la fiscal Brizuela había solicitado la inconstitucionalidad del artículo 277 invocando la Convención de Belém do Pará, que condena «todas las formas de violencia contra la mujer y asumir el compromiso de actuar con la debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia contra la mujer», y que «es obligación asumida por nuestro Estado de juzgar con perspectiva de género».

La causa fue ahora elevada y se espera que sea sorteado un tribunal que fije fecha de inicio, dijeron los voceros judiciales consultados.

De acuerdo a la instrucción fiscal, entre las 17.30 del 16 de septiembre de 2022 y las 8 del 17 de ese mes y año, Agustín Chiminelli, apodado «Chimi», se encontraba en su casa junto con Abbondanza, con quien tenía una relación, y «en el marco de una discusión, mediando violencia de género, la agredió físicamente con intenciones de causarle muerte».

Tras ello, según la fiscal, arribaron al domicilio sus padres, que al tomar conocimiento del hecho y mientras la mujer continuaba con vida, realizaron «diversas maniobras tendientes a eliminar los rastros del hecho, con el fin de ocultar el accionar desplegado por el sindicado (Agustín) y así procurar su impunidad».

«Denotando con este accionar un desprecio aún mayor por la persona de Alejandra, ya que no conformes con haberle dado muerte, buscaron desintegrar totalmente su cuerpo con el fin de que este no logre ser eventualmente identificado«, el cuerpo de la víctima fue incinerado casi en un 95 por ciento en una parrilla ubicada en la planta alta de la vivienda familiar, agregó la fiscal.

El femicidio de Abbondanza fue descubierto luego del análisis de las cámaras de seguridad de la zona que registraron cuando Chiminelli hijo salió a las 4 de la mañana con el perro de la mujer como si fuera a pasearlo y volvió a la casa, situación que ocurrió nuevamente más tarde, aunque esa vez el animal ya no tenía el pretal puesto.

La Policía encontró el pretal, la correa y la ropa de la mujer ensangrentada en un terreno baldío ubicado a dos cuadras de la vivienda de los acusados, mientras que revisó los tachos de basura de la cuadra y halló una bolsa similar a las que había dentro del inmueble con una mancuerna, un buzo y una toalla.

Tras un allanamiento de urgencia, el cuerpo de Abbondanza fue hallado descuartizado e incinerado en la parrilla de la terraza de la casa y la familia Chiminelli quedó detenida.

Para la fiscal Brizuela, Agustín Chiminelli «contaba con la participación de sus padres a fin de poder consumar estos nefastos actos», y destacó que particularmente su madre, Liliana, «resultaba funcional a los macabros planes de su hijo», ya que su vínculo estaba «caracterizado por un control y sobreprotección materna, donde la convivencia en ese hogar estaba bajo el monitoreo constante por parte de ella».

«A Agustín le hago todo yo», confesó la madre en una de las declaraciones indagatorias ante la fiscal de la causa.

(Línea 144: atención, contención y asesoramiento en situaciones de violencia de género. Por WhatsApp: +5491127716463).

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“Te podrán sacar plata de otras cuentas”: la fuerte advertencia sobre el nuevo “embargo exprés”

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La puesta en marcha del nuevo sistema de Cobro con Transferencia (CCT) dispuesto por el Banco Central volvió a encender el debate sobre los derechos de los consumidores frente a bancos y billeteras virtuales. Mientras el Gobierno asegura que el mecanismo sólo podrá aplicarse con autorización previa del usuario, especialistas advierten que el nuevo esquema fortalece las herramientas de cobro de las entidades financieras y cuestionan el alcance real del consentimiento que deberán prestar quienes soliciten un préstamo.

En diálogo con Todo Provincial STREAM, el exdirector nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo, Adrián Ganino, fue contundente: «Es el mundo del revés, el Estado en vez de tutelar a los consumidores tutela a las financieras y bancos».

El abogado explicó que quienes soliciten un crédito deberán prestar una autorización para que las entidades puedan cobrar las cuotas desde otras cuentas bancarias o billeteras virtuales.

«Hay que aceptar un consentimiento pero no estará claro en las cláusulas. Cuando apretés aceptar te van a debitar la plata porque le estás dando la autorización a un banco o las fintech a entrar a tus otras cuentas a debitarte lo que les debés«, advirtió.

Ganino aseguró que la mayoría de los usuarios no suele detenerse a leer en detalle los términos y condiciones de los contratos, por lo que recomendó extremar los cuidados antes de tomar cualquier préstamo.

«Hay billeteras que cobran 1.300% de interés»

El especialista también puso el foco sobre las tasas que actualmente ofrecen algunas plataformas financieras.

«Cuando sacamos un préstamo hay que estar atento a la letra chica y mirar el costo financiero total. Hay billeteras virtuales que están cobrando 1.300 por ciento de interés por un préstamo personal«, afirmó.

Para Ganino, la situación es consecuencia de la desregulación financiera impulsada por el Gobierno nacional.

«El decreto 70/23 desreguló todo el sistema financiero y por eso pueden aplicar esas tasas de interés totalmente usurarias. Es un abuso claro«, sostuvo.

Qué cambia con el «embargo exprés»

El nuevo sistema de Cobro con Transferencia comenzará a implementarse el 31 de agosto y permitirá que bancos y proveedores no financieros de crédito debiten automáticamente las cuotas desde cuentas bancarias o billeteras virtuales previamente autorizadas por el cliente.

Desde distintos organismos oficiales aclararon que el mecanismo no constituye un embargo judicial, ya que requiere el consentimiento expreso del titular de la cuenta. Sin embargo, Ganino consideró que el alcance de esa autorización genera serios interrogantes.

«Habían dicho que era un tema entre privados pero, en paralelo, sacaron una nueva normativa para que puedan cobrarte en tu cuenta el resto de los deudores por otros bancos o billeteras virtuales«, cuestionó.

Analizan si la medida es inconstitucional

El exfuncionario también adelantó que un grupo de especialistas analiza la legalidad del nuevo régimen.

«Estamos analizando si esta resolución no es inconstitucional porque avanza sobre nuestra voluntad, sin saber cómo se meterán en las otras cuentas y muchas otras cuestiones que no están claras«, señaló.

Además, advirtió que el nuevo sistema llega en un contexto de creciente endeudamiento y pérdida del poder adquisitivo.

«Creo que los índices de mora seguirán empeorando porque los sueldos no suben. Antes de aceptar términos y condiciones es bueno asesorarse, ver bien las cláusulas y consultar si no entendemos algo«, recomendó.

Ganino recordó además que, aunque existen límites para los descuentos sobre los salarios, muchas veces esos topes sólo se respetan cuando interviene la Justicia.

«Si no hay un proceso judicial las empresas no cumplen el tope del 20% del salario, aunque se puede plantear en ámbitos administrativos«, concluyó.

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Una mujer murió tras un choque entre un auto y una camioneta en la Ruta 88

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ruta 88 accidente

Una mujer de 78 años falleció este martes por la mañana luego de un violento accidente de tránsito ocurrido sobre la Ruta Provincial 88, en cercanías del acceso a Batán, a la altura del predio de la Verificación Técnica Vehicular (VTV).

El siniestro se produjo alrededor de las 10.30 cuando, por motivos que todavía son investigados, una camioneta Toyota Hilux impactó contra un Volkswagen Gol conducido por la víctima.

Producto de la violencia del choque, la conductora murió en el lugar. El conductor de la camioneta, un joven de 20 años, no sufrió heridas de gravedad y, según la información oficial, no fue necesario su traslado a un centro asistencial.

Las primeras pericias indican que el impacto se produjo sobre el lateral izquierdo del automóvil, del lado del conductor, lo que provocó daños de gran magnitud en el vehículo. Tras la colisión, ambos rodados quedaron detenidos a un costado de la ruta, mientras que restos de carrocería y otros elementos quedaron dispersos sobre el pavimento.

Al lugar acudieron efectivos de la Policía de la provincia de Buenos Aires, personal del SAME y dotaciones de Bomberos, que trabajaron en la asistencia, preservación de la escena y realización de las primeras pericias.

La investigación quedó en manos de la Fiscalía de Delitos Culposos, a cargo del fiscal Germán Vera Tapia, que deberá determinar cómo se produjo el accidente y establecer si existieron responsabilidades penales.

El hecho vuelve a poner en evidencia la peligrosidad de la Ruta 88, uno de los corredores más transitados del sudeste bonaerense, donde con frecuencia se registran siniestros de gravedad, y que el gobierno provincial comenzó a planificar para transformar en Autovía.

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Clausuran una obra de Mercado Libre en Escobar tras la muerte de un operario de 27 años

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centro de distribución de Mercado Libre

La Municipalidad de Escobar dispuso la clausura preventiva del predio donde se construye el nuevo centro de distribución de Mercado Libre en la localidad de Loma Verde, luego de que un trabajador falleciera al caer desde unos 15 metros de altura mientras realizaba tareas de montaje en la parte superior del complejo.

La víctima fue identificada como David Ricardo Serrano, de 27 años de edad. Según las primeras informaciones recolectadas en el lugar, el joven se encontraba trabajando con el equipamiento reglamentario y sujeto a un cabo de vida, un componente clave del sistema anticaídas que vincula el arnés de seguridad del operario con una línea de anclaje fijada a la estructura principal.

Presuntamente, Serrano se habría desenganchado del dispositivo para efectuar una maniobra que la propia amarra le limitaba, momento en el cual cayó al vacío por una abertura del techo.

Tras el hecho, la empresa activó el protocolo de emergencia, comunicándose de inmediato con la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) y la Policía. Minutos más tarde acudió al lugar una unidad médica de la empresa privada Más Vida, cuyos profesionales constataron que el operario falleció en el acto como consecuencia del golpe.

En la escena intervino personal del Destacamento Policial de Loma Verde, resguardando el área a la espera de las pericias técnicas de la Policía Científica.

La Justicia abrió una causa caratulada de manera preventiva como «averiguación causal de muerte» con el fin de esclarecer la mecánica exacta del accidente. 

En tanto, las autoridades municipales procedieron a la clausura precautoria de las obras para facilitar el trabajo de los peritos y verificar el cumplimiento de los estándares de seguridad e higiene laboral.

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