La Secretaría de Trabajo de la Nación acaba de emitir una resolución a través de la cual quedan suspendidos los actos institucionales sindicales que impliquen “movilización, traslado o aglomeración de personas”. En cuanto a las asunciones de autoridades, se llevarán cabo en la sede del Ministerio solo con la presencia de la Junta Electoral y de las nuevas autoridades. La medida que lleva la firma de Claudio Bellotti, regirá por 30 días.
En el marco de la emergencia sanitaria dispuesta por el gobierno nacional y las medidas dispuestas para prevenir la circulación social del Coronavirus, la Secretaría de Trabajo que depende de la cartera que dirige Claudio Moroni acaba de emitir una resolución que “posterga” actividades sindicales que impliquen concentración de personas.
De esta manera quedan suspendidos: “la celebración de los Procesos Electorales, todo tipo de Asambleas y/o Congresos, tanto Ordinarios como Extraordinarios, como así también todo acto institucional que implique la movilización, traslado y/o aglomeración de personas, de todas las asociaciones sindicales inscriptas en el registro de esta Autoridad de Aplicación”.
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Respecto de la asunción de autoridades, la nueva normativa que regirá por 30 días a partir de su publicación en el Boletín Oficial, dispone que “se deberá realizar en la sede de este MINISTERIO, solamente con la presencia de la junta electoral y de las nuevas autoridades”.
“La realización de los demás actos será analizada en forma particular, de modo tal de compatibilizar las razones de salud pública que motivan la presente con el mantenimiento de la regularidad institucional de las entidades”, agrega.
Audiencias y conciliaciones
Previamente y a fin de proteger a quienes se desempeñan en las actividades del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria y del Tribunal del Trabajo Doméstico, también fueron suspendidas hasta el 31 de marzo todas las audiencias y actuaciones que se realicen ante los conciliadores laborales, en consonancia con la disposición de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que declara inhábiles los días 16 a 31 de marzo de 2020 para las actuaciones judiciales, informaron desde la cartera.
Asimismo, se suspenden las audiencias de ratificación de acuerdos espontáneos establecidas por el art. 4º del Decreto 1169/96 modificado por el Decreto 1347/99 hasta el 31 de marzo de 2020 inclusive. También se releva a todos los trabajadores del SECLO y del Tribunal del Servicio Doméstico que se desempeñan en atención al público, en especial al personal que atiende las Mesas de Entradas de los trámites normales y habituales de la Dependencia.