En el Boletín Oficial se publicó una modificación del artículo 5 de la Resolución Oficial Número 246 del Ministerio de Agroindustria para regular la aplicación de fitosanitario en la Provincia de Buenos Aires. Esta normativa fue muy criticada por cientos de organizaciones que consideraban que habilitaba las fumigaciones en zonas que deberían estar vedadas como lotes linderos con escuelas y cursos de agua. Se suspendió por un año.
Allí se establece que deberán de abstenerse en forma total de realizar aplicaciones y pulverizaciones de fitosanitarios en los lotes que linden con establecimientos educativos, campos de bombeo o baterías de pozos para el abastecimiento público y en cuerpos o curso de agua emplazados en el área rural.
También se sostiene que si las mismas “se debieran realizar por una razón estrictamente justificada, debe hacerlo fuera y lejos de los horarios de clases y otras actividades; y luego de la finalización de las mismas”.
Y aclara: “Siempre y en todos los casos sin presencia de personas o animales; y solamente si se cuenta con un profesional Ingeniero Agrónomo matriculado autorizando y documentando los procedimientos y siendo responsables ante las autoridades locales de esta prácticas y sus consecuencias”.
El otro punto importante de la nueva resolución publicada hoy es el que determina la suspensión de la vigencia por un año de las mismas pautas dictadas por Agroindustria para «poder trabajar en forma precisa, eficiente y detallada, y a su vez optimizar las condiciones de operatividad con los Municipios suscriptores del convenio».
Para la labor previa a la implementación, el Gobierno también resolvió crear «un equipo de trabajo técnico multidisciplinario e interinstitucional con el objeto de elaborar un protocolo específico de aplicación» para zonas de amortiguamiento.
La resolución emanada por el Ministerio de Agoindustria habilitaba las aplicaciones terrestres con agrotóxicos en “áreas de amortiguamiento” comprendidas por lotes contiguos a áreas urbanas, zona residencial extraurbana, área de población dispersa, márgenes de cursos o cuerpos de agua, zonas de bombeo, establecimientos educativos, áreas de esparcimiento y reservas naturales.
Ambientalistas denuncian que la normativa “distorsiona el concepto de zona de amortiguación” e implicaba un retroceso respecto de las ordenanzas logradas en muchos municipios.