Sexta Sección

Provincia declaró a Saavedra y Villarino en “Emergencia Agropecuaria” por sequía

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El Gobierno bonaerense declaró el estado Emergencia Agropecuaria para los municipios de Saavedra y Villarino producto de la sequía registrada por medio de las resoluciones 219 y 220 del Ministerio de Desarrollo Agrario.

“Se entiende procedente declarar el estado de Emergencia Agropecuaria con carácter Individual para explotaciones con arreglo a lo dispuesto en por el artículo 6º de la Ley Nº 10.390 y sus modificatorias, y con ello permitir a las productoras y productores alcanzados acogerse a los beneficios contemplados en el artículo 10 apartados 1 y 2 de la citada Ley”, aclararon.

La medida alcanza exclusivamente, a las productoras y los productores que desarrollen como actividad principal la explotación agropecuaria en los establecimientos ubicados en los partidos de Saavedra y Villarino.

Durante la jornada se avanzó en la solicitud de un fondo rotatorio para acompañar a los productores en este tiempo de sequía, cómo así también sobre el estado de la declaración de emergencia y desastre agropecuario solicitado para el primer y segundo semestre del año.

Se logró la declaración de emergencia agropecuaria individual por producto para el primer semestre, y se aguarda la respuesta ante la solicitud elevada al CEDABA de desastre agropecuario para ambos distritos para el segundo semestre. Por último, se acordó enviar nota e informe de INTA para que actualicen la situación de sequía actual.

«Se entiende procedente declarar el estado de Emergencia Agropecuaria con carácter Individual para explotaciones con arreglo a lo dispuesto en por el artículo 6º de la Ley Nº 10.390 y sus modificatorias, y con ello permitir a las productoras y productores alcanzados acogerse a los beneficios contemplados en el artículo 10 apartados 1 y 2 de la citada Ley”, plantea.

En lo que refiere al aspecto económico, se dio intervención a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) a fin de que adopte las medidas conducentes a la efectivizarían de los beneficios tributarios previstos y al Banco de la Provincia de Buenos Aires, para que tome las medidas vinculadas con los beneficios crediticios previstos.

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