El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires publicó en el Boletín Oficial que, mientras dure el periodo vacacional, que comenzará formalmente el 1° de diciembre de 2020 y finalizará el 4 de abril de 2021, será obligatorio contar con el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” que podrá tramitarse en www.argentina.gob.ar/circular.
El mismo, le permitirá al portante circular libremente por los distintos destinos durante el periodo estival y según detalla la nueva Resolución Provincial, será válido únicamente para el ingreso y permanencia en el distrito para el cual se hubiera expedido y por el plazo declarado y autorizado en virtud del mismo.
La APP «Cuidar Verano» tenía por objetivo que los distritos y el gobierno provincial contasen de antemano con información como los días de vacaciones, la cantidad de personas que viajarán, el tipo de transporte que utilizarán y el lugar donde vacacionarán.
Los propios intendentes de las ciudades costeras habían solicitado al gobierno nacional y provincial que iba a generar una restricción muy grande para que los veraneantes lleguen a sus distinos, por lo cual la decisión fue desechada. Será obligatorio un Certificado Único habilitante por circulación.