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El martes no habrá clases por el Día del Trabajador Estatal

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Cada 27 de junio se celebra el Día del Trabajador Estatal por lo que todos los empleados de la administración pública a nivel nacional, provincial y municipal tendrán asueto. El gobierno bonaerense resolvió que deben dictarse clases normalmente por considerar que los auxiliares no están incluídos en esta fecha pero ATE convocará a un paro que hara que muchas escuelas no habran. 

El año pasado, ante la negativa del gobierno bonaerense, el gremio lanzó un paro de auxiliares que obligó a suspender las clases en la mayoría de las escuelas. Ante el nuevo rechazo de la Dirección General de Cultura y Educación (DGCyE), Todo Provincial pudo averiguar que ATE ya decidió convocar a un nuevo paro.

En la petición, ATE solicitó que la cartera educativa «se exprese en relación a la celebración del Día del Trabajador del Estado que se conmemora el 27 de junio, puesto que la Ley Nacional 28.876 como así también la ley Provincial 14.600 que adhiere a la normativa nacional, establece la mencionada fecha como día de descanso para los empleados de la Administración Pública Provincial, asimilándose a los feriados nacionales a todos los efectos legales, sin excepciones».

Y agrega: «Motiva la petición de nuestra organización sindical la decisión unilateral de esta DGCyE que el pasado 27 de junio de 2022 emanó una resolución vulnerando al derecho de los trabajadores auxiliares de la Educación, desoyendo el convenio 151 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la ley Nacional, la Ley provincial y la propia resolución de la subsecretaría de Empleo Pública de la Provincia de Buenos Aires».

La DGCyE respondió a través de una Resolución (RESOC-2023-2326-GDEBA-DGCYE) que establece que el próximo martes 27 de junio se dictarán clases normalmente “con el propósito de garantizar la continuidad pedagógica de las y los estudiantes”.

RSC-2023-26192244-GDEBA-DGCYE by Leonardo Javier Manetta

demás, el documento aclara que el calendario escolar aprobado para el ciclo lectivo 2023, mediante RESOC-2022-3718-GDEBA-DGCYE, con intervención del Consejo General de Cultura y Educación, “no incluye el 27 de junio Día del Trabajador Estatal como feriado en el ámbito educativo”.

“En este sentido, es importante señalar que existen en dicho calendario fechas conmemorativas que reconocen el día de feriado para las y los trabajadores de la educación, que incluye al personal auxiliar que se desempeñan en los establecimientos de la Provincia, razón por la cual no se encuentran contemplados dentro del “Día del Trabajador del Estado””, argumentó el gobierno provincial que consideró que “al igual que el año pasado, las escuelas bonaerenses deberán estar abiertas a fin de garantizar el derecho a la educación de nuestros alumnos y estudiantes”.

27 de junio, Día del Trabajo del Estado

El Día del Trabajador del Estado se celebra el 27 de junio de cada año para conmemorar la fecha en que la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en 1978, adoptó el Convenio N.º 151 y la Recomendación N.º 159 vinculados al derecho a la negociación colectiva y las relaciones de trabajo en la administración pública.

Organizaciones representativas de trabajadores estatales en el ámbito latinoamericano y mundial, tales como la CLASEP, la CLATE, la INFEDOP y la ISP – entre otras-, han realizado campañas para instalar el 27 de junio como Día del Trabajador Estatal en todo el mundo en conmemoración de este acontecimiento clave.

En 2014, la provincia de Buenos Aires promulgó la Ley 14.600 adhieriendo a los términos de la Ley Nacional 26.876 que declaró al día 27 de junio como “Día del Trabajador del Estado”.

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Avícola de Granja Tres Arroyos despidió 20 trabajadores en Monte y quiere pagar media indemnización

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avicola wade sa

En los últimos días, al menos 20 trabajadores de Wade S.A, avícola del grupo Granja Tres Arroyos, comenzaron a recibir telegramas de despido, en una medida que confirma un fuerte proceso de reestructuración de personal dentro de la empresa avícola con planta en San Miguel del Monte.

Las notificaciones, fechadas el 7 de agosto y firmadas por el apoderado de la compañía, comunican la extinción de los vínculos laborales y encuadran la decisión en el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.

La empresa sostiene que atraviesa una “grave disminución de trabajo no imputable a la empleadora” y fundamenta los despidos en una serie de factores que, según argumenta, escaparon a su voluntad y afectaron severamente la actividad.

Wade S.A. es una empresa dedicada a la faena y procesamiento avícola y está vinculada a Granja Tres Arroyos (Cresta Roja), firma que también atraviesa una profunda crisis, con conflictos laborales, atrasos salariales y protestas de trabajadores.

Qué argumentó Wade para despedir a los trabajadores

En las cartas documento enviadas a los empleados, Wade sostiene que la reducción de personal responde a una situación extraordinaria que provocó una fuerte caída de la actividad.

Entre los motivos mencionados aparecen los brotes de influenza aviar, el cierre y las restricciones de acceso a mercados internacionales, la reducción de las exportaciones y una sobreoferta en el mercado interno.

La empresa también señala como factores determinantes la caída de los precios de los productos avícolas y el aumento sostenido de los costos, además de contingencias operativas y conflictos colectivos que, según afirma, afectaron la producción y los niveles de faena.

Por ese motivo, la compañía afirma que la reducción de personal se volvió “indispensable” para continuar funcionando y conservar las fuentes de trabajo restantes.

Los despidos fueron encuadrados en el artículo 247

Uno de los puntos centrales de las notificaciones es el encuadramiento de los despidos bajo el artículo 247 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Esta norma contempla un régimen indemnizatorio reducido cuando se acredita una situación de fuerza mayor o falta de trabajo no imputable al empleador en los términos establecidos por la legislación laboral.

En este caso, Wade invocó precisamente una “grave disminución de trabajo” como fundamento de la decisión.

Sin embargo, el encuadramiento legal no implica por sí mismo que la situación quede automáticamente acreditada. Los trabajadores afectados comenzaron a reunir telegramas, recibos de sueldo y comprobantes de pago para analizar las liquidaciones y determinar si corresponde cuestionar la modalidad utilizada por la empresa.

La discusión podría centrarse, entre otros aspectos, en si la crisis invocada por Wade resulta efectivamente ajena al riesgo propio de la actividad y si se cumplieron todos los requisitos laborales necesarios para aplicar este régimen.

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La Suprema Corte bonaerense rechazó un recurso de Pedidos Ya y ratificó una multa millonaria

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Pedidos ya repartidores

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, y dejó firme el criterio del Ministerio de Trabajo bonaerense respecto de la situación laboral de 62 repartidores inspeccionados en la provincia.

Con esta decisión, el máximo tribunal provincial cerró la posibilidad de que la empresa lleve este tramo del expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ratificó la actuación de la cartera laboral que conduce Walter Correa.

La Justicia respaldó la actuación del Ministerio de Trabajo

La resolución, fechada el 5 de agosto de 2026, consideró que la empresa no realizó una “crítica eficaz” de las decisiones anteriores y que se limitó a reiterar argumentos ya analizados durante el proceso judicial. Además, descartó que existiera un caso de “gravedad institucional” que justificara la intervención de la Corte Suprema.

La causa se originó en julio de 2020, cuando inspectores del Ministerio de Trabajo realizaron controles en distintas localidades bonaerenses y relevaron la situación laboral de 71 personas que realizaban repartos mediante la aplicación.

Como resultado de esas inspecciones, la empresa fue intimada a presentar la documentación laboral correspondiente.

La empresa reconoció a un solo empleado

Durante el procedimiento, Pedidos Ya reconoció como trabajador en relación de dependencia únicamente a una persona.

Respecto de otros 62 repartidores, sostuvo que se trataba de prestadores autónomos vinculados mediante contratos de locación de servicios, mientras que negó cualquier relación con otras ocho personas relevadas durante las inspecciones.

Tras el proceso administrativo, el Ministerio de Trabajo determinó que existían infracciones y aplicó una multa de $17.690.400.

La sanción fue apelada por la empresa, pero en 2021 el Tribunal del Trabajo N° 1 de La Plata confirmó la decisión al considerar que la firma no logró desvirtuar la presunción de existencia de una relación laboral respecto de los 62 repartidores que reconocía como prestadores.

Aún resta resolver la situación de ocho repartidores

Si bien el fallo de la Suprema Corte bonaerense deja firme el núcleo de la decisión sobre los 62 trabajadores, el expediente todavía no quedó totalmente concluido.

El tribunal ordenó que la situación de las ocho personas cuya vinculación fue negada por la empresa vuelva a ser analizada por un Tribunal del Trabajo con nueva integración.

De esa definición dependerá el monto definitivo de la sanción económica, que podría modificarse una vez resuelta esa parte pendiente del proceso.

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Se renovó el Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata para el período 2026-2029

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La Subsecretaría de Asuntos Portuarios bonaerense designó a los nuevos integrantes del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata. Susana González continuará al frente del organismo durante el nuevo período.

La Subsecretaría de Asuntos Portuarios de la Provincia de Buenos Aires, a través de su titular Juan Cruz Lucero, oficializó la nueva conformación del Directorio del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata (CGPLP) para el período 2026-2029.

La designación se realizó mediante la Resolución N° 6, que establece la integración del órgano directivo encargado de participar en la conducción y el desarrollo de la actividad portuaria.

El Directorio está compuesto por nueve integrantes, que representan a los distintos sectores vinculados con la operatoria y el funcionamiento del Puerto La Plata.

Susana González continuará como presidenta

La nueva conformación estará encabezada por la Dra. Susana González, quien continuará como presidenta del Consorcio de Gestión del Puerto La Plata.

La acompañarán María Laura Brolese D’Adamo, en representación de los concesionarios y/o permisionarios de terminales e instalaciones portuarias, y Pablo Azcárate, como representante de las asociaciones u organismos privados que nuclean a empresas dedicadas a transformar, ensamblar o comercializar insumos de carácter industrial.

Por su parte, Mariano Gendra Gigena fue designado en representación de las empresas armadoras y/o prestatarias de servicios portuarios marítimos.

Representación sindical y municipal

La nueva composición también incluye a representantes de las organizaciones sindicales vinculadas con los trabajadores portuarios.

En este sector fueron designados Alejandro Cachile, por la Unión Ferroviaria, y Guillermo Crivos, por la Asociación del Personal de Dirección de los Ferrocarriles Argentinos (APDFA).

En representación de los municipios que integran el área de influencia del Puerto La Plata, Martín Fernández renovará su mandato por la Municipalidad de Berisso, mientras que Alejandro Sández continuará representando al Municipio de Ensenada.

En tanto, permanece pendiente la designación del representante correspondiente a la Municipalidad de La Plata.

Reconocimiento a los directores salientes

Desde el Consorcio de Gestión del Puerto La Plata expresaron su agradecimiento a los directores que finalizaron sus mandatos: Susana Giulietti, Dardo Gustavo Rodríguez y Facundo Pennacchioni.

El organismo destacó especialmente el compromiso y los aportes realizados durante sus respectivas gestiones, al tiempo que dio la bienvenida a los integrantes que formarán parte del Directorio durante el período 2026-2029.

La renovación de autoridades se produce en un contexto en el que el Puerto La Plata constituye una pieza estratégica para la actividad productiva, logística y portuaria de la Región Capital bonaerense, con impacto directo sobre Berisso, Ensenada y La Plata.

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