La jueza María Ventura Martínez hizo lugar a la medida cautelar solicitada por un grupo de vecinos con el asesoramiento de la Clínica Jurídica de Derechos Humanos de la UNLP. El fallo ordena a la Municipalidad de La Plata a detener las obras de asfaltado sobre el adoquinado histórico de la ciudad, aunque muchas de ellas ya fueron finalizadas a pesar de que las calles de empedrado contaban con una protección legal por ordenanza que las declara Patrimonio Arquitectónico y Cultural de la ciudad.
En diálogo con Todo Provincial, Betina Galarza, la integrante de «Vecinos por los Espacios Públicos» que presentó la medida cautelar comentó: “La jueza ordenó detener las obras de asfaltado del adoquinado histórico. La diagonal 78 lamentablemente ya fue asfaltada, llegamos tarde. Esperemos que salven otras calles que están en la mira del gobierno municipal”.
El adoquinado de La Plata estaba protegido por la ordenanza 9008, una normativa modelo sancionada en 1998. Sin embargo, la misma fue modificada en 2018 por propuesta del gobierno municipalidad, habilitando que muchas calles sean asfaltadas. Las primeras obras se hicieron ese mismo año pero ahora el gobierno de Julio Garro avanzó con una segunda etapa, asfaltando algunas calles que todavía estaban protegidas por la ordenanza proteccionista como la diagonal 78.

El fallo de Ventura Martínez ordena a la Municipalidad de La Plata a que “se abstenga de llevar a cabo obras de asfalto en calles empedradas que no estén exceptuadas en la ord. 11738 y, en su caso, las suspenda inmediatamente (art. 230 CPCC); ello, hasta tanto se vuelva a analizar el asunto una vez que se evacue el informe que seguidamente se solicita”.
Por otra parte requiere al municipio que informe: el plan de obras de asfalto dentro del casco urbano, especificando cuales de esas arterias poseen empedrado y cuales no; los antecedentes del dictado de la ordenanza 11738, especialmente, si se realizaron o no estudios previos de impacto ambiental; qué tipo de participación ciudadana fue implementado como modo de consulta; y los antecedentes de la obras actualmente en ejecución, especialmente, los de la obra de diagonal 78.
En los argumentos, el fallo de la jueza Ventura Martínez advierte que “se verifica con claridad que la diagonal 78 no fue incorporada en la ordenanza 11738, por lo que su asfalto en principio habría sido realizado sin soporte jurídico”.

“El asfalto no es crecimiento ni el desarrollo de una ciudad sustentable. Los mejores países del mundo preservan su patrimonio. Además, los adoquines tienen muchos beneficios como la absorción de agua y la reducciín de la velocidad vehicular”, expresó Betina Galarza.
“No se entiende por qué en vez de asfaltar en barrios de la periferia que tienen calles de tierra intransitables se ponen tapar con asfalto calles de adoquines, algunas de las cuales estaban en buenas condiciones”, apuntó la vecina y agregó: “Se podría enseñar el oficio para que el adoquinado sea mantenido como ocurre en Rafaela, Santa Fe, donde rehicieron todas las calles de empedrado”.
«Estamos averiguando si el adoquinado que fue tapado con este asfalto rápido puede ser recuperado. En La Plata hay mucho conocimiento académico y quizás se pueda armar un proyecto», señaló.
Según pudo averiguar este portal, en estos momentos el municipio estaba colocando asfalto sobre los adoquines de calle 8 y 65. En base al fallo judicial, el gobierno comunal debería detener las obras de inmediato.
“Con la cantidad de accidentes viales que hay en La Plata no tiene sentido obras para que los vehículos anden más rápido. No puede ser que por marketing político, con las elecciones muy cerca, se pongan a hacer este tipo de obras que son de por vida”, cuestionó la impulsora de la medida cautelar.