Opinión
El Futuro llegó hace rato
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Por: Hernán Albisu- Abogado y especialista en Defensa del Consumidor
Como aprovechar la experiencia de la pandemia para promover el consumo sustentable y el desarrollo sostenible.
Sin duda los grandes ganadores durante la pandemia fueron los sectores tecnológicos, y si bien en nuestro país debatimos mucho por los recursos que nos dio la naturaleza, la industria del software genera más exportaciones que muchos sectores tradicionales.
Casi todos los avances tecnológicos que gozamos actualmente existían antes de que conociéramos el covid 19 y sus efectos sanitarios y sociales. La gran diferencia que vivimos en estos meses, es la aceleración o masificación de su utilización por diferentes sectores de la sociedad que antes eran reacios a utilizarlos, por no generarle confianza o no sentirse cómodos con ellos.
Ya sea compras a través de comercio electrónico, operaciones financieras, reuniones virtuales, utilización de aplicaciones para la salud y el bienestar, entretenimiento, todo fue intermediado en estos largos meses por la tecnología.
Fue forzado por las circunstancias. Lo que algunos pensaban que iba a tardar algunos años en hacerse habitual, la pandemia y cuarentena lo transformó en semanas y meses.
Lo mismo podemos advertir sobre el teletrabajo o el trabajo de oficina en la casa (home office), un hecho que se hizo tan masivo que el congreso está trabajando legislación sobre el tema. Más allá de las opiniones diversas sobre la conveniencia o no de legislar y eventualmente de qué forma se lo hace, el hecho o fenómeno en sí, llegó para quedarse y expandirse.
Pero puestos en esa situación, este efecto no pensado de la pandemia, lo podemos utilizar para que el tan bendito día después, nos encuentre tratando de tener un país, una Argentina, en el camino del desarrollo sostenible.
Ahora bien, desde hace unos 25 años aproximadamente, el sentido aceptado del desarrollo sostenible reside en concebirlo en su triple dimensión; de protección del ambiente, de desarrollo económico y de desarrollo social.
En esta idea general se inserta lo que entendemos por consumo sustentable que es “el uso de bienes y servicios que responden a necesidades básicas y proporcionan una mejor calidad de vida, al mismo tiempo que minimizan el uso de recursos naturales, materiales tóxicos y emisiones de desperdicios y contaminantes sobre el ciclo de vida, de tal manera que no se ponen en riesgo las necesidades futuras”i
Bajo este marco situacional, rescato lo que hace 46 años escribía el Presidente Juan Domingo Perón en su obra Modelo Argentino para el Proyecto Nacional:
“Las mal llamadas “sociedades de consumo” son, en realidad, sistemas sociales de despilfarro masivo, basados en el gasto, porque el gasto produce lucro. Se despilfarra mediante la producción de bienes innecesarios o superfluos y, entre estos, a los que deberían ser de consumo duradero con toda intención se les asigna corta vida, porque la renovación produce utilidades”. Allí se adelantó al concepto que hoy conocemos como obsolescencia programadaii.
Luego se explaya (en el año 1974) con palabras que para nosotros que vivimos en el 2020 encuarentenados por la pandemia del Covid-19 tienen increíble actualidad:
“Mientras un fantasma –el hambre- recorre el mundo devorando 55.000.000 de vidas humanas cada 20 meses, afectando hasta a países que ayer fueron graneros del mundo y amenazando expandirse de modo fulmíneo en las próximas décadas, en los centros de más alta tecnología se anuncia, entre otras maravillas, que pronto la ropa se cortará con rayo láser y que las amas de casa harán sus compras desde sus hogares por televisión y las pagarán mediantes sistemas electrónicos. La separación dentro de la humanidad se está agudizando de modo tan visible que parece que estuviera constituida por más de una especie.”iii
Hoy, como la letra de la canción de Patricio Rey y sus Redonditos de Ricota, podríamos decir que “el futuro llegó hace rato”.
Por eso, en esta cuarentena, quiero poner de resalto 2 casos puntuales en distintos sectores que pueden servir como ejemplo de aprovechamiento de las innovaciones tecnológicas en favor del cuidado del medio ambiente, favoreciendo el desarrollo económico y social de nuestra ciudadanía.
UN PAR DE EXPERIENCIAS ALENTADORAS
En el Sector Público
El Juzgado en lo Civil y Comercial Número 2 del Departamento Judicial de Azul, hace ya unos años se viene destacando por llevar adelante algunas medidas de innovación tecnológica que, en un contexto en general muy conservador como lo es el fuero civil y comercial del poder judicial de la Provincia de Buenos Aires, las hacen verdaderamente revolucionarias para nuestra realidad.
Lo realizado, que está motorizado por la decisión de gestión de quien está a cargo del organismo, el Juez Rodrigo Bionda, es ni más ni menos que el aprovechamiento de las posibilidades que le brinda la tecnología en la actualidad. Edictos publicados en Twitter, sistemas de notificaciones por whatsapp, audiencias utilizando sistema de videoconferencias, sentencias “interactivas”, logran en definitiva el objetivo tan mentado del expediente electrónico.
Utilizar las plataformas y posibilidades tecnológicas que nuestro tiempo pone a nuestro alcance, en este juzgado significó “despapelizar” todo el trámite. Si todo está almacenado en las computadoras, sistemas y servidores del poder judicial, en distintos archivos electrónicos, ya se hace prácticamente innecesario la utilización del papel y de la impresión.
Esto nos lleva a ver seis planos positivos de la cuestión. Primero (Y principal), el ambiental, ya que no se degradará el ambiente para que consumamos toneladas de papel a diario. El segundo, se favorece el acceso a la justicia de aquellos que están en localidades alejadas de los Juzgados de Paz o Cabeceras de Departamento Judicial. El Tercero, el esfuerzo, espacio y costo logístico de almacenar expedientes papel desaparece. Cuarto, se aceleran ciertos pasos procesales que hasta hace muy poquito solo se hacían en papel con notificadores (oficios, notificaciones por cedula, etc.) ralentizando la llegada de una sentencia o decisión judicial sobre un conflicto. Quinto, se resignifica y jerarquiza la labor del trabajador judicial, pudiendo dedicar su tiempo mayormente al trabajo sobre las decisiones a tomar en los expedientes en sí y no a otras cosas propias de la era del papel (como los “meritorios” que cocían expedientes). Sexto, se logra un gran ahorro económico (Solo en un juzgado se calcula aproximadamente un ahorro de $600.000 anuales en la compra de papel).
En el sector privado
Las empresas fintech
”En un país que acumulaba dos años en recesión cuando llegó la pandemia, las empresas de «fintech» se han convertido en la otra cara de la economía argentina: mientras otros sectores se tambalean, sus cifras de negocio siguen aumentando día a día”. El extracto corresponde al diario “La Vanguardia” de España del día 7 de Julio pasado.iv
Esto se debe principalmente a dos factores: casi todos los argentinos tenemos un teléfono inteligente y, pese a que la mayoría tenemos cuenta bancaria, aproximadamente siete de cada diez no somos atendidos de manera suficiente o eficiente por los sectores financieros tradicionales.
Como ya dije, las medidas de confinamiento y la recomendación de no usar dinero en efectivo hicieron que los servicios que brinda este sector crezcan enormemente.
En nuestro país este tipo de empresas se ha duplicado en los dos últimos años pese a la crisis: de 133 compañías existentes en 2018 pasaron a más de 250 en la actualidad. Según la Cámara que las nuclea le dan trabajo a aproximadamente 10.000 personas, tienen 10.000.000 de clientes y exportan servicios por u$s 7.000 millones.
Alguna podrá preguntarse ¿En que beneficia al desarrollo sostenible que crezca esta industria?
Volvemos al ejemplo de lo que pasaba en el Juzgado. Cada operación que antes se hacía en papel ahora se registra en forma electrónica en las apps o páginas de estas plataformas financieras, hay menor necesidad de traslados a sedes físicas, con el consiguiente ahorro de tiempo y combustible y además es una forma de democratizar el acceso a diversos bienes para una gran mayoría de personas.
La transferencia bancaria que antes hacías yendo a la sucursal de tu banco en el centro o en el mejor de los casos a unas cuadras de tu casa o trabajo, ahora la podes hacer tomando mate desde una computadora o con un teléfono móvil. Ahorras tiempo, plata y contaminás menos.
En el mismo sentido, si pensamos en el trabajador de una empresa, estudio o repartición pública, que vive a media hora o más de traslado a su lugar de trabajo, debemos agregar que el viaje en cualquier vehículo de combustión (público o privado) también deja de ser un factor contaminante, además que la persona gana tiempo para sí mismo y se ahorra el costo económico. Si se terminan de encausar en forma armónica para todas las partes involucradas, las relaciones de teletrabajo le pueden generar un ingreso extra por ahorro al empleado.
La lección u oportunidad que tenemos luego de la pandemia, es intentar lograr que la utilización de la tecnología evite –en palabras del Presidente Peron– el despilfarro de recursos naturales, humanos, energéticos, logísticos, de tiempo, logrando un mayor cuidado del ambiente y personas con hábitos de consumo sustentables, integradas en las comunidades donde viven, permitiendo el desarrollo sostenible de nuestra Nación.
La realidad que nos toca vivir, necesita que impulsemos las ideas creativas que tienen miles de personas en nuestro país, sin crearles cargas innecesarias, protegiendo la competencia y con ella al consumidor final de los bienes y servicios.
Los avances que logremos, van a brindar soluciones tanto en el sector privado como el público, mejorando también la productividad y el trabajo.
i- Simposio de Oslo en 1994 y definición adoptada por la tercera sesión de la Comisión para el Desarrollo Sostenible (CSD III) en 1995 mencionado por Gonzalo Rodríguez, Tolosa y Mancini en “El Principio de acceso al consumo sustentable y deber de información en las relaciones de consumo” publicado en Revista Crítica de Derecho Civil, Ed. Thompson Reuters, Montevideo, Uruguay, septiembre 2015.
ii “Obsolescencia programada. Multas millonarias a Apple y Samsung por hacer más lentos sus dispositivos a propósito”. Ver en https://www.clarin.com/tecnologia/multas-millonarias-apple-samsung-hacer-lentos-dispositivos-proposito_0_gHin53UPx.html
iii Perón Juan Domingo, Modelo Argentino para el Proyecto Nacional, Buenos Aires, Ed. Fabro, 2012. Pag 38.
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Nota de opinión de familiares, amigos, alumnos y colegas de Marcos Ledesma.
Hace algunos años que, disgregada pero no silenciosa, otra pandemia avanza en nuestro país y nuestra sociedad. Acá no hay virus ni bacterias, sino desinformación, miedo social y manipulación. Es la pandemia de las falsas denuncias.
Hoy 12 de agosto comienza el juicio contra Marcos Ledesma, once años después de las acusaciones en su contra por abuso y corrupción de menores. Al recorrer los casos de la Argentina en estos últimos años nos encontramos con más de 200 docentes denunciados, la mayoría casualmente en jardines de infantes y sobre maestros especiales, como música, educación física, plástica, etc. Acusados de hechos aberrantes y profundamente condenables para cualquiera que escucha la noticia. La rápida, y más cómoda mirada es culpar al denunciado sin la más mínima duda de sus acciones. La premisa de “los niños no mienten” ha teñido de irresponsabilidad el accionar perital, mediático y social de hechos que, de ser verdad, deberían resolverse de maneras menos iracundas y por los carriles penales que den un debido proceso y un ejemplar castigo. Pero no es así, el acusado es condenado a los pocos minutos sin flagrancia ni testigos.
Analía Schwartz, Juan Rosso, Fernando Melo Pacheco, y centenares más son juzgados por las sensaciones de una mamá o un papá que genera la paranoia y activa el terror social de que a nuestros hijos le pase algo horroroso. Pero, esa justicia “popular” que termina golpeando docentes, directivos, quemando escuelas y escrachando vidas no permite llegar a la verdad, porque hay una sentencia previa de condena eterna. ¿O algún docente acusado falsamente puede volver a su vida normal después de todo esto?
El abuso de menores es un hecho aberrante, que debe ser condenado con toda la fuerza de la ley. Pero antes de eso hay que llegar a la verdad. Marcos Ledesma atraviesa sistemáticamente, los mismos pasos de las denuncias a centenares de docentes. Aunque en este caso las pruebas son aún mas contundentes de su inocencia: Trabajar en el hall de un edificio altamente concurrido, con puertas abiertas, docentes de sala presentes, acciones que se le acusan que jamás le pudiera dar el tiempo para hacerlo en los 20 minutos que tiene con los chicos.
No hace falta esperar el juicio, solo analizando las probabilidades fácticas de sus realización es que Marcos debería estar ejerciendo la docencia como lo hizo hasta ese momento, sin acusaciones, querido por colegas y familias. Un profe más de esta ciudad que le pone el corazón y el pecho a su profesión, a pesar de las condiciones adversas con las que cotidianamente se encuentran.
Entendemos que esta responsabilidad excede también a las familias que son victimas de este mal social y ante la suposición de un hecho y desatada la paranoia actúan con ira y desesperación. Pero debemos analizar profundamente cada caso para, como sociedad, llegar a fondo a la verdad. Incluso porque de haber un caso de abuso, quizá la denuncia hacia el docente tapa a los verdaderos monstruos.
Hoy comienza un juicio que esperamos pueda poner en su lugar la verdad, sin presiones sociales ni incomodidades.
Ojalá que sea justicia.
Familiares, amigos, alumnos y colegas de Marcos Ledesma.
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Opinión
El gobierno interviene la Universidad de las Madres de Plaza de Mayo sin ninguna legalidad
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1 mes atráson
26 julio, 2024Por Demetrio Iramain, Docente de Historia de las Madres de Plaza de Mayo en la UNMa y Militante de la Asociación Madres de Plaza de Mayo.
El jueves 25 de julio, horas antes de que las Madres de Plaza de Mayo iniciaran su marcha semanal número 2415, el gobierno de Javier Milei dio a conocer una resolución de su ministra Sandra Pettovello, que establece la intervención de la Universidad Nacional Madres de Plaza de Mayo. Una provocación.
Como cuando un juez de Comodoro Py quiso detener a Hebe de Bonafini, en agosto de 2016, la medida fue dictada un jueves, día de la histórica movilización de las Madres alrededor de la Pirámide de Mayo. El goce perfecto del gobierno maldito.
La resolución es, además de ilegal, violatoria de la autonomía universitaria que rige en la Argentina desde el año 1918, hace 106 años.
En efecto, la UNMa realizó no una Asamblea Universitaria para consagrar su autonomía, sino dos. La primera, el 6 de diciembre de 2023, a 4 días de que asuma el gobierno de Milei, y la segunda el 5 de marzo de este año, en la que resultó elegida en forma unánime Cristina Caamaño rectora de la Universidad, tal como reclamaban las Madres, siguiendo un mandato que había expresado Hebe, antes de su fallecimiento.
La figura de “rector organizador” que el gobierno intenta imponer, no corresponde en la UNMa, que se encuentra plenamente organizada, con sus representantes por los claustros docentes, no docentes, alumnos y estudiantes ya elegidos y ejerciendo el cogobierno de la Universidad. Porque la Universidad de las Madres no se creó en septiembre del año pasado, cuando se promulgó la ley que la rige, sino el 6 de abril de 2000, cuando las Madres crearon su Universidad Popular, que en noviembre de 2014 se convirtió en Instituto Universitario Nacional de Derechos Humanos Madres de Plaza de Mayo, hasta 2023, cuando se transformó en su forma actual: la UNMa.
En efecto, desde el corto tiempo que pasó entre hoy y la sanción de la ley de su creación, la Universidad de las Madres debió atravesar un conflicto político interno que comenzó el 6 de diciembre y se extendió hasta marzo de este año.
La disputa derivó de la elección realizada en aquella primera asamblea de diciembre. Las Madres denunciaron que quienes se habían impuesto, María Elena Patzer y Jacobo Grossman, iban a traicionar a las Madres, frustrar el proyecto educativo y entregarle la Universidad a Milei: hoy queda comprobado que tenían razón. El “organizador” nombrado por el decreto de intervención del gobierno es, precisamente, el entonces secretario administrativo de esa gestión, Luis Eduardo Maurizzio.
La denuncia pública de las Madres, en su marcha del jueves 7 de diciembre de 2023, movilizó a la comunidad de la Universidad, que comprendió la maniobra, hizo cambiar el voto de los asambleístas y motivó la convocatoria de una nueva asamblea soberana, que se realizó el 5 de marzo, en la que Cristina Caamaño resultó elegida por unanimidad.
Desde entonces, la Universidad atraviesa las dificultades propias de ejercer su objetivo pedagógico sin ningún tipo de recursos: el gobierno se niega a girar los fondos que le corresponden para su normal funcionamiento desde el 1 de enero, por lo que su plantel docente y el cuerpo de trabajadores no docentes no perciben su salario desde entonces.
Para revertir esta situación, la Universidad, a la vez que movilizó a su comunidad repetidas veces, recurrió a la Justicia. Decir «la Justicia» es una manera de decir. El lunes 15 de julio, el juez de Feria decidió habilitarla ante la urgencia de la situación y la gravedad institucional que supone todo esto, para resolver sobre un recurso en el que se reclaman los fondos.
¿Qué hizo el gobierno ante la inminencia de un fallo que podría serle adverso? Recusó al juez. No le daba ninguna garantía. El viernes 19 el juez al que le dieron la causa por pedido del gobierno, rechazó la pretensión de la Universidad de las Madres. ¿Cómo se llama el juez? Pablo Cayssials, otro de los que viajó a Lago Escondido.
Fue el primer movimiento de otro siguiente: la intervención. Ni siquiera así el gobierno podrá detener el proyecto de las Madres de Plaza de Mayo. Desde el jueves 25, cuando se conoció el decreto, se sucedieron múltiples muestras de solidaridad que auguran un futuro de dura resistencia para su Universidad, pero con grandes posibilidades de triunfo. Este gobierno va a pasar, y la Universidad de las Madres, producto de sus 47 años de lucha, seguirá. Qué duda cabe.
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Opinión
Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones: la piedra fundacional del modelo anarco-colonial
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4 meses atráson
4 mayo, 2024Mediante el proyecto de Ley Bases, el gobierno intenta imponer una serie de reformas estructurales que, pese a recortar en la mitad su extensión respecto a aquel fue rechazado en febrero, no deja de significar un evidente intento de realizar una profunda refundación normativa, institucional, y socio-económica, sólo posible si es apoyado por sus socios macristas y por parte de la oposición. El denominado Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI).
Un estatuto legal para el coloniaje ¿Cuáles son sus principales disposiciones?
En febrero, desde OCIPEx advertimos que, en el anterior proyecto de “ley ómnibus”, se encontraba oculto un verdadero estatuto legal del coloniaje, el denominado Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI). En la siguiente nota te comentamos que modificaciones incluyen la nueva ley ómnibus al respecto del RIGI.
¿Qué hay de nuevo en el proyecto del RIGI?
Más allá de que el RIGI ya no queda escondido en un anexo del proyecto de ley, en el nuevo dictamen que será votado en Diputados esta semana se encuentran una serie de modificaciones relevantes respecto de aquel presentado en febrero. En este sentido, en la nueva formulación del RIGI, destacan los siguientes aspectos:
- Montos de inversión para adherir al RIGI: El monto mínimo de inversión será de USD 200 millones, aunque el Poder Ejecutivo podrá establecer montos distintos para diferentes sectores productivos.
- Declaración de interés nacional: Al ser declarado de “interés nacional”, cualquier norma o acción de las provincias, CABA o los municipios que pueda limitar, restringir, vulnerar o desvirtuar el RIGI, será nula, independiente si estas hayan adherido al RIGI o no.
- Inclusión de concesionarias como beneficiarias del RIGI: Las inversiones pueden ser en cualquier sector, incluida las concesionarias de infraestructura y servicios públicos.
- Figura de Exportación Estratégica de Largo Plazo: estas son inversiones de más de USD 1.000 millones que “posicionen a Argentina como proveedores de largo plazo en mercados globales donde el país aún no cuente con participación”, y que involucren desembolsos (en etapas) de USD 1.000 millones por etapa.
- A estos se les podrá establecer condiciones diferenciales en términos de requisitos.
- Además, los beneficiarios del RIGI a través de la figura de Exportación Estratégica de Largo Plazo tendrán todos los beneficios cambiarios y tributarios, tanto en impuestos locales como exención en derechos de importación y exportación, así como las garantías de estabilidad y demás beneficios del RIGI(1).
- Nuevo beneficio impositivo a mineras y forestales: Se incluye a las ganancias obtenidas en minas, canteras, bosques y bienes análogos como susceptibles de ser alcanzadas amortizaciones del Impuesto a las Ganancias como incentivo tributario.
- Compatibilidad con Zonas Francas: Los beneficios del RIGI serán compatibles con los previstos en la Ley de Zonas Francas.
- Posibilidad de prórroga de un año: El Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar por única vez la vigencia del plazo para acogerse al RIGI por un período de hasta un año.
- Impuesto a las Ganancias para remisión de dividendos y utilidades: En el proyecto inicial estaban exentos del pago de Impuesto a las Ganancias para remisión de utilidades y dividendos. En la modificación se establece un pago de una tasa del 3,5%.
- Aún así, se mantiene la tasa del 0% para dividendos y utilidades enviadas a beneficiarios en exterior en aquellos proyectos declarados de Exportación Estratégica de Largo Plazo.
- Aplicación RIGI en provincias, CABA y municipios: En uno de los puntos más importantes, se hacen modificaciones, con el fin de atraer apoyos:
- Las provincias, CABA y los municipios que adhieran al RIGI no podrán imponer a los beneficiarios nuevos gravámenes locales (salvo tasas retributivas por servicios).
- Se quita la posibilidad prevista en el RIGI original de que los beneficiarios reclamen al Estado Nacional retenga fondos coparticipables a las provincias que incumplan las condiciones del RIGI, y la que posibilitaba al Estado Nacional la suspensión de pagos de fondos coparticipables.
- Se quita la cláusula que establece que las jurisdicciones subnacionales no podrán establecer normativas que afecten de forma directa o indirecta durante 30 años.
En esta nueva versión del RIGI se específica el monto a partir del cual un proyecto podrá ser considerado como beneficiario del régimen (USD 200 millones), y se modificaron algunas de las normativas referidas a la relación entre Nación y provincias: el Estado Nacional no podrá retener ni suspender fondos coparticipables (algo que era cuestionable en términos de constitucionalidad); y la remoción de la cláusula que ataba de manos a las provincias por 30 años. Estas medidas son un incentivo adicional para conseguir apoyos de gobernadores a la ley ómnibus. En este sentido, algunos mandatarios provinciales opositores se han mostrado favorables a aprobar la ley, tentados por el supuesto potencial del RIGI para atraer inversiones a sus provincias(2) (3) . En este punto, la “zanahoria” ofrecida queda opacada por la declaración de interés nacional, donde cualquier norma o acción de las provincias, CABA o municipios (hayan adherido al régimen o no) que se interpreten como contrarias al RIGI.
Por otro lado, en el nuevo cuerpo normativo propuesto persisten la mayoría de los defectosque se encontraban presentes en la redacción original, y se adicionan nuevos elementos que merecen ser debatidos.
En primer lugar, la inclusión de la vaga figura de “Exportación Estratégica de Largo Plazo”, que beneficia a aquellos proyectos que “puedan resultar en el posicionamiento de la República Argentina como nuevo proveedor de largo plazo en mercados globales en los que aún no cuente con participación”. Esto plantea dudas no sólo respecto a si esta figura excluye a aquellas inversiones en aquellos sectores donde Argentina ya es exportador (ej. agroindustria, hidrocarburíferos y la minería), sino también en aquellos en los que tiene una participación incipiente en el mercado internacional (ej. servicios tecnológicos, satélites, sector nuclear).
El sesgo extractivista, aparece nuevamente en una modificación relacionado a la Exportación Estratégica de Largo Plazo: estos proyectos gozarán de una exención del pago de Impuesto a las Ganancias para la remisión de dividendos y utilidades a beneficioarios en el exterior. Esto parece contrarrestar una enmienda realizada al respecto, que establece una tasa del 3,5% para estos pagos en los casos de remisión de utilidades y dividendos para el resto de las inversiones dentro del RIGI.
Por esta razón, no se comprende que este beneficio apunte a diversificar la canasta exportadora del país. Tampoco alude a la búsqueda de que las exportaciones estratégicas comprendan productos de mayor valor agregado, lo que confirma el sesgo extractivista y colonial de la propuesta del gobierno de Milei, sin pensar una estrategia seria y coherente de desarrollo productivo.
En segundo lugar, la inclusión de las ganancias obtenidas en minas, canteras, bosques y bienes análogos como susceptibles de ser alcanzadas amortizaciones del Impuesto a las Ganancias como incentivo, no es otra cosa que una medida tributaria profundamente regresiva, un estímulo completamente innecesario para sectores que, como la minería, obtienen ganancias astronómicas con nuestros recursos estratégicos. ¿Cuantos incentivos tributarios más necesitan las mineras y forestales?.
En tercer lugar, se añade un artículo que, a modo de “zanahoria” para los grandes actores de la economía, ofrece a concesionarias de servicios o infraestructura la chance de adherir al RIGI en estas actividades. Para la patria contratista si hay subsidios.
Además, se añaden otros incentivos completamente innecesarios si se busca realmente la prosperidad del país, el desarrollo económico y la competitividad de los diversos sectores económicos, tales como la compatibilidad con los beneficios de la Ley de Zonas Francas y el tratamiento laxo garantizado a los beneficiarios en casos de Impuestos Mínimos Globales.
Entre las modificaciones, ninguna desarrolla alguna modificación orientada a la generación de puestos de trabajo de calidad (recordemos que las actividades extractivas no se suelen caracterizar por ser creadoras de empleo en cantidad tampoco). Tampoco en lo referido a la transferencia de tecnología, desarrollo de proveedores locales (se sostiene la exención de aplicación de la Ley de Compre Nacional), inversión en I+D o reinversión de utilidades.
Por su parte, mientras propone el RIGI con el supuesto objetivo de atraer inversiones (dólares) a la economía, el presidente Milei deschava su verdadero rostro haciendo una apología a dos delitos (evasión y elusión), mientras llama a quienes fugaron divisas (dólares) fuera de nuestra economía “héroes”. Por esta razón convertir a la Argentina en un lugar donde los flujos ilícitos de capitales no parece inquietar al gobierno. A tal punto, que organismos internacionales, insospechados del “colectivismo” que denuncia el presidente Milei en sus discursos, como el GAFI, habrían advertido respecto a las fallas de seguridadque conllevan el RIGI, a tal punto que pondrían a la Argentina en lugar inédito: el de paraíso fiscal, refugio para capitales provenientes del narcotráfico, la venta de armas y otras actividades ligadas al crimen organizado internacional(4).
Tal como venimos advirtiendo, mientras internacionalmente los gobiernos de diverso signo se replantean sus políticas industriales, sus regímenes de incentivos a las inversiones y su inserción comercial, con un retorno del Estado como protagonista, y del proteccionismo como orientación, el gobierno de Milei pone a la Argentina a contramano del mundo.
El caso chileno que el gobierno decide ignorar
Es moneda corriente para los representantes del neoliberalismo local ver en Chile un modelo de país al cual aspirar. Pese a que desde OCIPEx no compartimos esta visión, si resulta interesante observar algunos elementos respecto a cómo nuestro país hermano propone un régimen de inversiones extranjeras relativamente exitoso, sin estar exento de algunos puntos cuestionables, que serán debidamente mencionados.
En el año 2015 el país vecino sancionó una ley marco (20.848) para la inversión extranjera directa en su país. Los puntos más sobresalientes de la misma son:
- Acceso al mercado cambiario formal para liquidar las divisas para repatriación de capital y utilidades. La nota distintiva pasa por que esto es posible una vez cumplidas las obligaciones tributarias correspondientes según la legislación nacional
- Igualdad de trato respecto a inversiones nacionales.
- Exención del IVA en la importación de bienes de capital.
- Pueden solicitar la invariabilidad tributaria con una tasa impositiva a la renta del 44%.
A su vez, existen exenciones impositivas orientadas a incentivar economías regionales a través del desarrollo en Zonas Extremas y facilidades para instalación en zonas francas, así como beneficios para inversión que impliquen transferencia de tecnología y desarrollo de I+D y se asocien con la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), empresa pública chilena.
Dentro de la ley se establece la creación de una Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera encargada de diseñar y ejecutar una estrategia para la captación, orientación y control de la IED. En el año 2021 allí se aprueban los lineamientos de la “Estrategia y Fomento de la IED”.
Dentro de los principales límites que se puede advertir, está la necesidad de cambiar el perfil de la IED en Chile que está abocada a recursos naturales y servicios financieros por sobre todos los demás. Para el propio gobierno chileno “Esta concentración de la IED en sectores primarios ha generado una vulnerabilidad importante de los flujos de IED y finalmente de la economía, a los ciclos de precios de las materias primas”(5).
Dentro de los proyectos que buscan priorizar en la Estrategia están aquellas inversiones que contribuyan a algunos de los siguientes puntos:
- Diversificación territorial de la IED y al desarrollo socioeconómico de las regiones
- Generación empleos permanentes y de calidad
- Transferencia tecnológica y desarrollo de capacidades locales de I+D
- Agregado de valor a los recursos naturales explotados.
- Expansión servicios de la economía chilena
- Potenciamiento de encadenamientos productivos y acortamiento en las brechas de desarrollo económico en el país
- Potenciar la infraestructura digital.
Así planteado, no se busca ser sólo receptiva de lo que “el mundo necesita” sino plantear una estrategia e ir a buscar las inversiones que Chile necesita para desarrollarse de manera sostenible.
El objetivo central de la Estrategia “es contribuir activamente, a través de una política proactiva de atracción de proyectos de IED, a la recuperación económica y al desarrollo sostenible del país”. Los criterios de búsqueda y captación de IED que establece el gobierno son son: crecimiento, transformación, sostenibilidad e impacto.
Como demuestra Chile no es necesario resignar la soberanía para captar inversiones. El principal punto de concesión para los inversionistas es el acceso al mercado de cambios, en un país donde no hay restricción externa. Esto es deseable para la Argentina, pero todavía no es posible debido a la fuga indiscriminada de capitales de nacionales y extranjeros durante los años del macrismo, así como la sangría de divisas para hacer frente al endeudamiento externo que este último dejó como herencia al gobierno de Alberto Fernández, lo que se combinó con una mala renegociación de la deuda (con acreedores externos y locales) y el acceso a divisas para el sector privado, que accedió a dólares baratos para importar y aumentar el flujo de capitales fugados, pese al delicado estado de las reservas del BCRA, afectadas por una sequía histórica.
Sintetizando, como demuestra Chile es necesario diseñar una estrategia para captar inversiones basadas en los intereses del país, tener organismos públicos robustos capacitados para hacerlo y tener las herramientas financieras, normativas, logísticas y económicas necesarias para que estas sean de beneficio para el inversionista y la Nación en su conjunto.
En definitiva, el gobierno de Milei trae siempre ejemplos o espejos deformados en los cuales mirarnos para copiar, ya que ni los países centrales, ni los principales receptores de la IED en la región resignan sus recursos naturales, económicos y tecnológicos a cambio de inversiones.
Conclusiones. Nueva ley ómnibus, mismo estatuto legal del coloniaje. ¿Que hay de malo con el RIGI?
Desde OCIPEx creemos necesario discutir acerca de la existencia de un régimen de inversiones que, al contrario del RIGI, no favorezca la reprimarización de la economía, el saqueo de sus recursos estratégicos a través de la profundización del extractivismo ni la cesión de nuestra soberanía.
Por el contrario, el desarrollo de nuestra economía requiere una discusión seria y profunda de un régimen que se plantee objetivos concretos (y cuantificados) en términos de: a) incorporación de valor agregado; b) requerimientos de inversión en I+D (Investigación y Desarrollo) con transferencia de tecnología; c) generación de empleos calificados y remunerados; d) construcción de encadenamientos productivos y proveedores locales; e) reinversión de parte de las ganancias obtenidas al amparo del régimen.
A la renuncia de soberanía económica y jurídica (recordemos que el RIGI posibilita la resolución de conflictos en tribunales como el CIADI, de un extenso historial de fallos contra nuestro país), se añade un nuevo elemento que prueba el carácter entreguista del RIGI (y por extensión del gobierno de Milei): repitiendo experiencias anteriores de nuestro país, un Estado ineficiente puesto al servicio de unos pocos intereses.
Llama la atención que, en un gobierno que insiste tanto con el discurso fiscalista, se plantee un régimen que permite una batería de beneficios que tienen un importante peso sobre el fisco, con una duración de 30 años, que consideramos exagerada. Lejos de ser un régimen que aliente la promoción de inversiones, todo apunta a que los argentinos terminaremos pagando de manera directa (producto de los beneficios cambiarios, tributarios, etc.) e indirecta (por los recursos que obtendrán las empresas para ser exteriorizados) a estas empresas. La diferencia entre promover y sostener las inversiones (y ganancias) del sector privado.
Creemos que el RIGI adolece de cualquier tipo de orientación que permita que las inversiones permitan desarrollar economías regionales o mejorar y diversificar la inserción exportadora del país. Esto último alertados sobre los riesgos de caer en el engaño de la “solución exportadora”. La propuesta del RIGI, redunda en profundizar una estructura productiva primarizada, concentrada y extranjerizada, coincidente con un planteo extractivista que condena al país a retornar a los peores años del coloniaje.
Tal como se encuentra planteado, el RIGI es la piedra fundacional de la consolidación del modelo anarcolonial en nuestro país.